Consultas Juridicas


Foros Juridicos y de Derecho


Bienvenido a los foros de LexJuridica. La participación en nuestros foros jurídicos es gratuita, pero para poder hacerlo es necesario registrase.

Acceso | Regístrese | Normas de Uso | Administrador



 ¿Me podeis aclarar? Abogado de oficio,dasahucio por falta de pago y expiracion de contrato...
Autor: sbs
Fecha: 08/09/09 01:59

Vivo en piso alquilado desde casi 6 años.
Hace una semana me avisaron que el dueño ha puesto una demanda judicial desahucio por falta de pago(hemos pagado las mensualidades sin faltar,lo que no hemos pagado es el incremento del IPC del año anterior...y que ya está pagado).

El dueño nunca nos avisó de su intención de no renovar el contrato terminados los 5 primeros años. Pero entre todos los documentos que presenta en su demanda,está un burofax que nunca llegamos a recibir y un requerrimiento de notario que pone que se ha presentado dos veces en mi casa y que no encontró a nadie...Pues bien... ¿Significa esto que hemos sido avisados?
Lo que queremos es apelar por los 3 años de prorroga despues de los 5 expirados ( plazo minimo) .

Otra cosa...El contrato está a nombre mio y de mi pareja,o sea los demandados somos los dos. Podria pedir yo solamente la justicia gratuita que no tengo ingresos economicos(él cobra el paro y tiene ahorros que superan la cantidad minima...).¿Será suficiente con que vaya solo yo al juicio con mi abogado de oficio? ¿Que pasa si mi pareja no se presenta el dia de juicio?

En fin...¿Como lo veis?
Gracias


 Re: ¿Me podeis aclarar? Abogado de oficio,dasahucio por falta de pago y expiracion de contrato...
Autor: inoid
Fecha: 08/09/09 13:48

No es abogado de oficio. Lo que deben solicitar ustedes es Asistencia Jurídica gratuita, antes de que se celebre el juicio, puesto que despues no podrían hacerlo.
Acudan al Colegio de Abogados de la zona en que vivan, y allí les indicarán los documentos que precisan.

La prórroga pasados los 5 años, compromete a ambas partes, por lo que también a ustedes correspondía avisar al arrendador de su interés en la prórroga. El Buro-fax, aunque no le retirasen ustedes de correos y la comunicacion Notarial, aunque no les encontrase en el domicilio si se intentó debidamente, son pruebas admisibles.


  Contestar a este mensaje

Sólo los usuarios registrados pueden participar en nuestros foros. Seleccione una de las siguientes opciones:

Acceso Usuarios Registrados - Registro de Nuevos Usuarios


Copyright © LexJuridica 2001-2013 - Avisos Legales
¿Quienes somos? | Publicidad | Alianzas
http://www.lexjuridica.com
info@lexjuridica.com