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 Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: MartaBP
Fecha: 28/08/08 10:54

Hola buenos dias!
Me gustaría que me informaséis sobre qué indemnización ( si es que la hay) y derechos me corresponderían si mi jefe se jubila. Llevo trabajando 5 años con él y ha habido comentarios de que se quiere jubilar. Trabajamos en una SL y él es el gerente/administrador.
Otra cuestión es que si una vez jubilado él.....puede de nuevo abrir la gestoría? ´
Muchisimas gracias


 Re: Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: Fer
Fecha: 28/08/08 11:04

La S.L. no se jubila. Caso distinto sería que fuese un empresario individual y se jubilase.


 Re: Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: MartaBP
Fecha: 28/08/08 11:18

Gracias Fer.
La empresa es una SL,..pero el administrador no se puede jubilar?? Yo estoy contratada por una SL pero mi administrador/gerente es una persona. No se puede jubilar?
Gracias


 Re: Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: aly22
Fecha: 28/08/08 11:27

como rega general en principio, la jubilación, no determina por si mismo que se extinga el contrato de trabajo, porque la figura del empresario si es sustituible y reemplazable,
Art 44 ET: regula la subrogacion o sucesión del empresario.
En cuanto a la extnción de la personalidad juidica de la SL: habria que acudir a la legislación mercantil para extnguir la relación laboral, y seguir los procedimientos establecidos en el ET, en los artículos 51( despido colecctivo) y/o 52 Extinción dl cotrato por causas objetivas, dependiendo del numero de trabajadores que tenga la empresa, si es una empresa grande tiene que abrir previamente a la extinción de los contratos de trabjo un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores.


 Re: Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: xabier
Fecha: 28/08/08 11:40

Hola,

No estoy de de acuerdo con la regla general que nos dice aly22, conforme a lo establecido en el artículo 49.1,apartado g) ET, la jubilación del empreario produce la extinción del contrato con una indemnización de un mes de salario.

Xabier


 Re: Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: Fer
Fecha: 28/08/08 11:58

Yo creo que hay que distinguir entre empresario individual y una Sociedad, el administrador se puede jubilar, pero no por ello se extingue la Sociedad, y si se extingue por ese motivo pues habrá que pagar como si de un despido se tratase.


http://www.mc-mutual.com/contenidos/export/sites/default/webpublica/Publicaciones/eBoletin/eBoletin_2008_enero/resources/6-7_enero08_es.pdf

"Según el art. 49.1 g) del ET los casos de muerte, incapacidad o
jubilación del empresario como persona física suponen la extinción
del contrato de trabajo de manera automática de los trabajadores
al servicio de la empresa, sin necesidad de expediente administrativo
de extinción.

Para la extinción de una empresa cuando está constituida por una
persona jurídica (S.A., S.L., etc), deben seguirse los trámites del
despido colectivo y solicitar la autorización administrativa, cuando
la plantilla es superior a 5 trabajadores, o bien, los trámites del
despido objetivo por amortización de puestos de trabajo si la plantilla
es hasta 5 trabajadores."




Autor: javidgz Fecha: 15/05/2008
Tema: jubilación empresario s.l.

Buenos días:
Trabajo en una Sociedad Limitada y mi jefe tiene pensado jubilarse en breve. Me gustaría saber a qué indemnización tengo derecho si se extingue mi contrato de trabajo por este Motivo. Por otro lado, si ofrece la dirección de la empresa a un trabajador compañero mío, ¿continuaré yo con los mismos derechos y obligaciones? ¿si decido no continuar con este nuevo jefe, se considera baja voluntaria? Muchas gracias.

Autor: Federico Fecha: 15/05/2008


Hola, las sociedades no se jubilan, el titular o propietario de la SL puede jubilarse, pero la socidad continua siendo suya y no se extingue por que el se jubile

Si decide cerrar la empresa por este motivo, la indemnizcion seria por despido improcedente

Si traspasa la sociedad, la traspasa con trabajadores y estos conservan todos sus derecho y antiguedad

Si te niegas a este traspaso y no vas a trabajar, se considerara baja voluntaria

Un saludo

Autor: javidgz Fecha: 15/05/2008


Muchas gracias, Federico, por tu ayuda. No obstante, me gustaría saber qué normativa regula el hecho del cierre de S.L. por jubilación del titular o propietario y lo considera despido improcedente. Muchas gracias de nuevo.

Autor: Federico Fecha: 15/05/2008


Hola, la normativa solo contempla la jubilacion del empresario individual, es decir del trabajador autonomo que tiene un negocio

Una sociedad no se jubila, se jubilara el accionista el cual puede trasmitir las acciones de dicha empresa o conservarlas y nombrar un administrador

Un saludo

Autor: javidgz Fecha: 15/05/2008


De todas formas, aún dudo si se trataría de un despido improcedente o de un despido colectivo (la indemnización sería distinta) ya que el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, establece que en caso de la extinción de la personalidad jurídica del contratante deberán seguirse los tramites del artículo 51, que regula los despidos colectivos. ¿no es así?

Autor: CrisF Fecha: 16/05/2008


Si la sociedad cesa podrían intentar el despido objetivo, pero ese despido esta tasado para unas causas muy concretas entre las que no entra la jubilación, de modo que si lo intentan tu puedes reclamar por despido improcedente.

Al final será el juez quine decida, pero en mi opnión sería despido improcedente


 Re: Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: xabier
Fecha: 28/08/08 12:12

Hola fer,

Claro que hay que distiguir entre empreario individual y una sociedad, pero el/la forista aly22, se le ocurre decir que:

"como rega general en principio, la jubilación, no determina por si mismo que se extinga el contrato de trabajo, porque la figura del empresario si es sustituible y reemplazable"


Y se queda tan ancho/a, vamos, que aunque estemes en un foro, y que no se tenga la responsabilidad de lo que se diga u opine, el anonimato de los foristas hace que se digan verdaderas bárbaridades...

xabier


 Re: Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: Fer
Fecha: 28/08/08 12:17

Si, bueno, quizás no se expresó bien, jeje, porque lo que sigue de su post parece que ya va en la linea de lo dicho.


 Re: Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: xabier
Fecha: 28/08/08 12:39

Tienes razon Fer


 Re: Despido por Jubilacion del Empresario
Autor: MartaBP
Fecha: 29/08/08 11:28

Muchas gracias a todos!


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