Renovacion certificado de denominacion
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¿En que consiste?

Si han pasado 3 meses desde la obtención del Certificado de Denominación social, debe renovarlo para el otorgamiento de la Escritura de Constitución (Real Decreto 158/2008, de 8 de febrero).

La certificación que le concede una denominación social tiene una vigencia de 3 meses a efectos de otorgamiento de Escritura, contados desde la fecha de su expedición por el Registro Mercantil Central. Una vez pasados estos 3 meses, el interesado podrá solicitar la renovación con la misma denominación. A la solicitud deberá acompañar la certificación caducada.

Sin embargo, si han transcurrido más de 6 meses, la certificación habrá caducado definitivamente, no pudiendo renovarse, si bien puede tramitar una nueva solicitud de certificación de denominación social.

¿Quién lo emite?

La emisión corre a cargo del Registro Mercantil Central.

¿Cómo se solicita?

Simplemente cumplimente el formulario con los datos imprescindibles para que podamos realizar las gestiones y apunte nuestra dirección para enviarnos el certificado original a renovar, sin el cual no podremos realizar el trámite.

¿Como me lo envían y en que plazo?

Desde que recibamos confirmación del pago y tengamos a nuestra disposición la certificación caducada, usted recibirá, en un plazo aproximado de una semana el resultado en su email, procediendo posteriormente a enviárselo por correo postal.

El plazo se aplica para las solicitudes recibidas de Lunes a Viernes, de 8 a 20 horas, y comenzará el Lunes a las 8 horas para aquellas que recibamos los Sábados y Domingos.

¿Cuanto cuesta?

El precio del servicio es de 26 Euros (IVA incluido). Puede realizar el pago por Transferencia Bancaria o Ingreso en cuenta, o bien con su Tarjeta de crédito.

Si decide hacerlo por Tarjeta, accederá a una página alojada en el servidor de "CAIXA DE GALICIA" que le permitirá realizar el pago en un entorno seguro (SSL), dándole absoluta seguridad en la transmisión de sus datos que se enviarán de forma encriptada (`cifrada´) al Banco. Cuando realice el pago, podrá solicitar que le envíen a su email confirmación del abono realizado en favor de LexJuridica. La principal ventaja del pago por tarjeta reside en que la transacción se efectúa en tiempo real (on-line), de tal forma que nuestros profesionales se ponen a trabajar en su caso de manera inmediata.

Si decide hacer el pago por Transferencia Bancaria o Ingreso en cuenta, le aparecerán los datos necesarios para realizarla.

Garantía LexJuridica

Las respuestas son enviadas por el equipo de profesionales integrantes de nuestra empresa, LEXJURIDICA SERVICIOS EN INTERNET S.L, domiciliada en el Paseo de la Castellana 177 3º Puerta B2 (Madrid, CP.28046) e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 15.835, Libro 0, Folio 181, Sección 8, Hoja M-267351.

Todos nuestros abogados están colegiados en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y están sometidos, entre otros deberes, a los de Confidencialidad y Secreto Profesional.

¿Qué uso hacen de mis datos?

Le solicitamos los datos mínimos necesarios con el fin de poder realizar los trámites solicitados. Todos estos datos se incorporan a los ficheros titularidad de LEXJURIDICA SERVICIOS EN INTERNET S.L y son tratados bajo el estricto cumplimiento de la Ley 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Caráter Personal.

Le recordamos que usted dispone del derecho de acceso, rectificación y oposición al uso de los mismos, derechos que puede ejercer en nuestra dirección de email: info@lexjuridica.com.

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