Régimen Comunitario / Trabajo "Au Pair"

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Se trata de la acogida temporal en un familia de personas nacionales de Estados miembros del Consejo de Europa con edades comprendidas entre diecisiete y treinta años, con el fin de prestar determinados servicios para perfeccionar conocimientos ligüísticos y profesionales.

Este tipo de colocación no implica nunca relación laboral y tendrá una duración máxima de un año, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de dos.

Es necesario que exista un acuerdo escrito entre las partes donde se recojan los derechos y oblgiaciones de ambas y que la persona colocada "au pair" esté en posesión de un certificado médico expedido en fecha anterior a la colocación (nunca con una anticipación de más de tres meses).

La persona "au pair" tendrá derecho a:

  • Disponer de tiempo suficiente para acudir a cursos de lengua y para perfeccionar su formación cultural y profesional
  • Disfrutar como mínimo de un día libre completo a la semana (al menos un Domingo al mes)
  • Percibir mensualmente una cantidad determinada, además de alojamiento y comida de la familia de acogida
  • Seguro Privado de prestaciones médicas.
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