Régimen Comunitario / ¿A quien se aplica?

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Los ciudadanos miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza, tienen derecho a la libre circulación en territorio español.

Esta libertad incluye también a:

  • A su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho.
  • A sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
  • A sus ascendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, que vivan a sus expensas, con la excepción de los ascendientes de los estudiantes y de sus cónyuges.

No obstante, los familiares señalados que no posean la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo necesitarán, además, el correspondiente visado, sin perjuicio de lo previsto en tratados o convenios internacionales en los que España sea parte.

Son Estados miembros de la Unión Europea:
Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Reino Unido y Suecia.

Son estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que no son miembros de la Unión Europea:
Noruega, Islandia y Liechtenstein

A los anteriormente señalados y, en virtud del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre libre circulación de personas, firmado en Luxemburgo el 21 de junio de 1999, deben añadirse los ciudadanos suizos y los miembros de su familia.

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