Al arbitraje se puede acceder, bien a priori incluyendo una cláusula de arbitraje en el contrato, bien una vez surgida la disputa mediante la modificación del contrato para que éste permita que la controversia ya surgida se solucione mediante el arbitraje.
Para que un convenio arbitral surta los efectos deseados, tiene que cumplir una serie de requisitos:
"Las partes acuerdan, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, someter todas las cuestiones que se deriven del cumplimiento, ejecución o interpretación de este contrato a arbitraje, de acuerdo con la normativa prevista en el Reglamento de Arbitraje de ARBITRAJE Y MEDIACIÓN (ARyME) vigente en la fecha de este contrato. Asimismo, las partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte".
Esta es una cláusula tipo. Dado el carácter negocial del arbitraje cabe perfeccionar esta cláusula como las partes estimen oportuno. Así, las partes pueden especificar el lugar del arbitraje, el número de árbitros, la forma de nombrarlos, y/o modalidad, equidad o Derecho.
¿En qué tipo de contratos se puede usar el arbitraje?Se puede arbitrar prácticamente cualquier cuestión bien civil o mercantil. La ley sólo excluye las siguientes cuestiones:
La respuesta rápida es que si. Una vez pactado el arbitraje, cualquiera de las partes tiene derecho a utilizar el arbitraje para solucionar posibles desavenendas. De hecho, el artículo 11 de la Ley establece que "el convenio arbitral obliga a las partes a estar y pasar por lo estipulado e impedirá a Jueces y Tribunales conocer de las cuestiones litigiosas sometidas a arbitraje."