Civil / Usufructos / Extinción del usufructo

""
El usufructo se extingue:
  • Por muerte del usufructuario (si son varios, no se extinguirá hasta la muerte del último que sobreviviere)
  • Por expirar el plazo por que se constituyó, o cumplirse la condición resolutoria consignada en el título constitutivo
  • Por la reunión del usufructo y la propiedad en una misma persona
  • Por la renuncia del usufructuario
  • Por la pérdida total de la cosa objeta del usufructo (si se perdiese en parte continuará en la parte restante)
  • Por la resolución del derecho del constituyente
  • Por prescripción

Terminado el usufructo, se entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que compete al usufructuario o a sus herederos por los desembolsos de que deban ser reintegrados. Verificada la entrega, se cancelará la fianza o hipoteca que, en su caso, se hubiera constituido.

Servicios Relacionados:
Consultas a Abogados  ¿Tiene más dudas? - Consulte a nuestros Abogados
Contratos y Formularios Contratos, escritos y formularios - Encuentre su "Contrato o Formulario"
Encuentre un AbogadoAbogados de España - Encuentre un Abogado en su ciudad
Foros Legales  Foro sobre Derecho Civil - Consulte sus pequeñas dudas sobre el tema
Imprimir    Cerrar

Copyright © LexJuridica.com - Avisos Legales
http://www.lexjuridica.com
info@lexjuridica.com