H
HABEAS
CORPUS.
Acción judicial de amparo a todo detenido, a fin
de que sea llevado a presencia del juez, al objeto de resolverse
inmediatamente sobre su libertad o arresto.
HÁBIL.
Apto para una cosa. Dícese de los días que
actúan los Tribunales. Persona que tiene capacidad
para realizar un acto jurídico.
HABILITACIÓN.
Autorización a una persona para realizar un acto
o actos jurídicos, otorgándosele así
capacidad de obrar. Cargo o función de habilitado.
HABITACIÓN.
Derecho real consistente en la facultad de ocupar en casa
ajena las piezas necesarias para sí y para las personas
de su familia (Art. 524 del CC).
HECHO.
Acción u obra. | Asunto o materia de que se trata.
HECHO CONSUMADO.
Acción que se ha llevado a cabo, adelantándose
a cualquier evento que pudiera dificultarla o impedirla.
HECHO IMPONIBLE.
Situación o circunstancia que origina la obligación
legal de contribuir y sobre la que se aplica el tributo.
HECHO JURÍDICO.
El que tiene consecuencias jurídicas.
HECHOS PROBADOS.
Aquellos que el Tribunal, en la sentencia, aprecia como
ciertos y que sirven de base para la determinación
del derecho al supuesto admitido.
HEREDERO.
Persona que por disposición legal, testamentaria
o contractual, sucede en todo o parte de una herencia. Llámase
heredero al que sucede a título universal, a diferencia
del delegatario que sucede a título particular (Art.
660 del CC).
HEREDERO ABINTESTATO.
El que recibe su herencia por disposición legal en
ausencia de testamento (Art. 913 del CC).
HEREDERO FORZOSO.
Sucesor que no puede ser excluido de una porción
de la herencia, reservada por ley, salvo concurrencia de
causa de desheredación. Son herederos forzosos: 1.-
Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2.- A falta de los anteriores, los padres y ascendientes
respecto de sus hijos y descendientes. 3.-El viudo o viuda
en la forma y medida que establece el Código Civil
(Art. 807 CC).
HIJUELA.
Documento donde se reseñan los bienes que tocan en
una partición a cada uno de los partícipes
en el caudal que dejó un difunto. | Conjunto de estos
bienes.
HIPOTECA.
Derecho real que sujeta determinados bienes al cumplimiento
de una obligación (Art. 45 de la LH). Esencialmente
recae sobre bienes inmuebles, si bien también algunos
bienes muebles de fácil identificación (automóviles,
aeronaves) son susceptibles de ser hipotecados.
HOMICIDIO.
Delito consistente en matar a alguien sin que concurran
las circunstancias de alevosía, precio o ensañamiento,
que la convertiría en asesinato.
HOMICIDIO CULPOSO.
El realizado sin intención y por mera negligencia.
HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL.
La muerte causada a una persona por quien no se proponía
inferirle un mal de tanta gravedad.
HUELGA.
Interrupción colectiva de la actividad laboral por
parte de los trabajadores con el fin de reivindicar ciertas
condiciones o manifestar una protesta.
HURTO.
Delito consistente en tomar con ánimo de lucro cosas
muebles ajenas contra la voluntad de su dueño, sin
que concurran las circunstancias que caracterizan el delito
de robo.