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El
Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se
crean 31 nuevos órganos judiciales unipersonales en toda
España. Estas nuevas unidades judiciales posibilitarán
un mejor funcionamiento de la Administración de Justicia,
agilizándola y acercándola al ciudadano.
En
total, de los 31 órganos judiciales de nueva planta, ocho
son de Primera Instancia, once de Primera Instancia e Instrucción,
cinco de Instrucción, dos de lo Penal, uno de Menores,
dos de lo Contencioso-administrativo y dos de lo Social.
Con
ellos se completa el número de creaciones para el desarrollo
de la planta judicial y se cumplen los objetivos previstos en
el Libro Blanco aprobado por el Consejo General del Poder Judicial
en el estudio de necesidades para la renovación de la planta
judicial.
La
creación de estos 31 juzgados, unidos a los 68 de próxima
creación de carácter mercantil una vez entre en
vigor la Ley Concursal aprobada por todos los Grupos Parlamentarios,
alcanzará la cifra de más de 800 unidades judiciales
que fueron las requeridas por el Consejo General del Poder Judicial
en 1997.
En
la programación del año 2003 recogida en el Real
Decreto se ha incluido únicamente la creación y
constitución de juzgados unipersonales, que son los que
en la organización judicial dan una respuesta más
próxima e inmediata al ciudadano haciendo más efectiva
la Administración de Justicia.
Derecho
de familia
Dadas
las necesidades expuestas por el Consejo General del Poder Judicial
en función del volumen real de la carga de trabajo de las
unidades judiciales en funcionamiento, se ha dado prioridad al
orden jurisdiccional civil. El objetivo es ofrecer una mayor y
más eficaz atención a los asuntos de Derecho de
Familia.
Ésta
es la relación de órganos judiciales de nueva creación:
- Ocho
Juzgados de Primera Instancia: Sevilla, Gijón, Palma
de Mallorca, Santander, Valladolid, Castellón de la Plana
y Madrid (2).
- Once
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción: Algeciras,
Jerez de la Frontera, Dos Hermanas, San Cristóbal de
la Laguna, El Prat de Llobregat, Martorell, Torrevieja, Torrent,
Santiago de Compostela, San Lorenzo de El Escorial y Molina
de Segura.
- Cinco
Juzgados de instrucción: Almería, Málaga,
Palma de Mallorca, Castellón de la Plana y Murcia.
-
Dos Juzgados de lo Penal: Lleida y Getafe.
-
Un Juzgado de Menores: Barcelona.
Además,
se recoge la creación y constitución de cuatro Juzgados
de otros órdenes jurisdiccionales:
- Dos
Juzgados de lo Contencioso-administrativo: León y Ourense.
- Dos
Juzgados de lo Social: Las Palmas y Guadalajara.
Transformación
de Juzgados
Por
otra parte, además de las 31 unidades judiciales, se incluye
la transformación de los siguientes Juzgados, justificada
por la carga de trabajo:
- Juzgado
de lo Contencioso-administrativo número 6 de Oviedo en
Juzgado de lo Social número 6 de Oviedo.
- Juzgado
de lo Contencioso-administrativo número 4 de Alicante
en Juzgado de Instrucción número 9 de Alicante.
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