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El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes
Generales del Proyecto de Ley de Subvenciones, una vez que ha
recibido el dictamen favorable del Consejo de Estado.
La
Ley de Subvenciones se enmarca dentro de la política de
equilibrio de las cuentas públicas que define la Ley de
Estabilidad Presupuestaria y comparte con esta última los
principios generales, es decir, la transparencia, la eficacia,
la igualdad, la publicidad y la objetividad.
El
Proyecto de Ley, para cuya tramitación parlamentaria se
ha solicitado el procedimiento de urgencia, incide en la mejor
asignación y gestión del gasto público, lo
que permite centrar los esfuerzos en la mejora de la protección
social y de las políticas de gasto que favorecen la creación
de empleo y el crecimiento económico.
Actualmente
las subvenciones están reguladas por los artículos
81 y 82 de la Ley General Presupuestaria. Resultaba necesario,
por lo tanto, que tuvieran una norma propia que permitirá
avanzar en la gestión y el control de las subvenciones
e incrementar así su eficacia. Previsiblemente, el Proyecto
de Ley será aprobado este año para que entre en
vigor en 2004.
Principios
básicos
La
mejora de la transparencia es uno de los objetivos de la nueva
Ley. En este sentido, el Proyecto de Ley establece la creación
de una base de datos nacional en la que se incluirán todas
las subvenciones que concedan las Administraciones Públicas,
lo que permitirá la coordinación del Estado y las
Comunidades Autónomas en este ámbito.
Además,
dentro de este gran principio de la transparencia, el Proyecto
de Ley indica que las Administraciones que concedan la subvención
deberán hacerla pública y de forma detallada en
el órgano oficial correspondiente.
El
texto del Proyecto de Ley determina que los órganos que
conceden subvenciones tendrán que elaborar Planes Estratégicos
en los que se definan objetivos, plazos, costes, fuentes de financiación
y prioridades de las subvenciones concedidas. De este modo, se
avanza en la eficacia.
En
este mismo sentido, la nueva norma establece nuevos instrumentos
para evaluar y controlar los resultados de las ayudas concedidas,
lo que mejorará la asignación de las subvenciones
y, por lo tanto, su eficacia.
Control
de las subvenciones
La
eficacia también se verá fortalecida por las mejoras
introducidas en el proceso de control de las subvenciones, antes
y después de su concesión. En este sentido, se establece
de forma expresa el deber de colaboración de los beneficiarios;
en el ámbito del control financiero, este deber se extiende
también a terceros relacionados con el objeto de la subvención.
La
negativa a las actuaciones de control puede llevar a la devolución
o reintegro de las ayudas. En este sentido, la Ley avanza en la
adecuación del proceso de reintegro. Entre las novedades
que incluye la norma en este ámbito, destaca el que los
reintegros serán proporcionales a las obligaciones de los
beneficiarios, de modo que, cuando no las cumplan, deberán
devolver la ayuda.
El
Proyecto de Ley también supone avances en el proceso de
concesión de subvenciones. Así, se podrá
establecer una fase de preevaluación de solicitudes, de
modo que en la fase definitiva, de evaluación, sólo
estén los solicitantes que hayan cumplido los requisitos
administrativos.
Asimismo,
dentro de esta agilización en la concesión de subvenciones,
los beneficiarios no tendrán que aportar documentos que
ya tenga la Administración y la presentación de
solicitudes y su tramitación administrativa podrá
hacerse por vía telemática.
Tipificación
de las infracciones
La
nueva norma incluye una clara tipificación de las infracciones
y establece sanciones graduales en función de la infracción.
Las infracciones van desde la presentación de cuentas justificativas
inexactas del uso dado a las ayudas, en el caso de infracciones
leves, hasta la obtención de una ayuda falseando las condiciones
requeridas para su concesión, en el caso de infracciones
muy graves.
En
cuanto a las sanciones, puede tratarse de multas o pérdida
de la posibilidad de obtener subvenciones o celebrar contratos
con las Administraciones públicas durante un tiempo determinado.
Estas dos últimas sanciones sólo se aplicarán
en el caso de las infracciones graves o muy graves.
Por
último, la norma introduce importantes novedades en el
ámbito de la seguridad jurídica. En este sentido,
se incorpora el estatuto jurídico de los beneficiarios,
donde se incluyen sus derechos y obligaciones, lo que aumentará
las garantías y la seguridad jurídica de los perceptores
de subvenciones.
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