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Se remite a las Cortes Generales el PROYECTO DE LEY General de Subvenciones.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Subvenciones, una vez que ha recibido el dictamen favorable del Consejo de Estado.

La Ley de Subvenciones se enmarca dentro de la política de equilibrio de las cuentas públicas que define la Ley de Estabilidad Presupuestaria y comparte con esta última los principios generales, es decir, la transparencia, la eficacia, la igualdad, la publicidad y la objetividad.

El Proyecto de Ley, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia, incide en la mejor asignación y gestión del gasto público, lo que permite centrar los esfuerzos en la mejora de la protección social y de las políticas de gasto que favorecen la creación de empleo y el crecimiento económico.

Actualmente las subvenciones están reguladas por los artículos 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria. Resultaba necesario, por lo tanto, que tuvieran una norma propia que permitirá avanzar en la gestión y el control de las subvenciones e incrementar así su eficacia. Previsiblemente, el Proyecto de Ley será aprobado este año para que entre en vigor en 2004.

Principios básicos

La mejora de la transparencia es uno de los objetivos de la nueva Ley. En este sentido, el Proyecto de Ley establece la creación de una base de datos nacional en la que se incluirán todas las subvenciones que concedan las Administraciones Públicas, lo que permitirá la coordinación del Estado y las Comunidades Autónomas en este ámbito.

Además, dentro de este gran principio de la transparencia, el Proyecto de Ley indica que las Administraciones que concedan la subvención deberán hacerla pública y de forma detallada en el órgano oficial correspondiente.

El texto del Proyecto de Ley determina que los órganos que conceden subvenciones tendrán que elaborar Planes Estratégicos en los que se definan objetivos, plazos, costes, fuentes de financiación y prioridades de las subvenciones concedidas. De este modo, se avanza en la eficacia.

En este mismo sentido, la nueva norma establece nuevos instrumentos para evaluar y controlar los resultados de las ayudas concedidas, lo que mejorará la asignación de las subvenciones y, por lo tanto, su eficacia.

Control de las subvenciones

La eficacia también se verá fortalecida por las mejoras introducidas en el proceso de control de las subvenciones, antes y después de su concesión. En este sentido, se establece de forma expresa el deber de colaboración de los beneficiarios; en el ámbito del control financiero, este deber se extiende también a terceros relacionados con el objeto de la subvención.

La negativa a las actuaciones de control puede llevar a la devolución o reintegro de las ayudas. En este sentido, la Ley avanza en la adecuación del proceso de reintegro. Entre las novedades que incluye la norma en este ámbito, destaca el que los reintegros serán proporcionales a las obligaciones de los beneficiarios, de modo que, cuando no las cumplan, deberán devolver la ayuda.

El Proyecto de Ley también supone avances en el proceso de concesión de subvenciones. Así, se podrá establecer una fase de preevaluación de solicitudes, de modo que en la fase definitiva, de evaluación, sólo estén los solicitantes que hayan cumplido los requisitos administrativos.

Asimismo, dentro de esta agilización en la concesión de subvenciones, los beneficiarios no tendrán que aportar documentos que ya tenga la Administración y la presentación de solicitudes y su tramitación administrativa podrá hacerse por vía telemática.

Tipificación de las infracciones

La nueva norma incluye una clara tipificación de las infracciones y establece sanciones graduales en función de la infracción. Las infracciones van desde la presentación de cuentas justificativas inexactas del uso dado a las ayudas, en el caso de infracciones leves, hasta la obtención de una ayuda falseando las condiciones requeridas para su concesión, en el caso de infracciones muy graves.

En cuanto a las sanciones, puede tratarse de multas o pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o celebrar contratos con las Administraciones públicas durante un tiempo determinado. Estas dos últimas sanciones sólo se aplicarán en el caso de las infracciones graves o muy graves.

Por último, la norma introduce importantes novedades en el ámbito de la seguridad jurídica. En este sentido, se incorpora el estatuto jurídico de los beneficiarios, donde se incluyen sus derechos y obligaciones, lo que aumentará las garantías y la seguridad jurídica de los perceptores de subvenciones.