|
El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros, a propuesta del
ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana, un proyecto
de Ley de Protección de Familias Numerosas que sustituirá
a la actual normativa, que data de 1971. Esta nueva ley beneficiará
a unas 610.000 familias.
El
proyecto normativo considera como familia numerosa a la compuesta
por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o
no comunes. También se considerarán familias numerosas
las constituidas por:
- Uno
o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre
que al menos uno de éstos sea discapacitado o esté
incapacitado para trabajar.
- Dos
ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados o estuvieran
incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes.
El
proyecto de ley incluye, además, nuevos supuestos de unidades
familiares:
- El
padre o la madre separados o divorciados, con tres o más
hijos, sean o no comunes, aunque alguno de los hijos estén
en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren
bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el
domicilio conyugal.
- Dos
o más huérfanos de padre y madre sometidos a tutela,
acogimiento o guarda, que convivan con el tutor, acogedor, o
guardador, pero no dependan económicamente de éste.
- Tres
o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores
de 18 años, o dos, si uno de ellos es discapacitado,
que convivan y tengan dependencia económica entre ellos.
Asimismo,
el proyecto establece que tendrán la misma consideración
que los hijos, las personas sometidas a tutela o acogimiento familiar
permanente o preadoptivo legalmente constituido.
La
nueva ley concederá a los extranjeros que residan legalmente
en España el derecho al reconocimiento de la condición
de familia numerosa, en igualdad de condiciones que los españoles,
cuando residan en territorio nacional el número de miembros
que da derecho al reconocimiento de familia numerosa.
Hasta
ahora, para que los extranjeros residentes en España se
beneficiaran de estos derechos debían acreditar reciprocidad
o acuerdo bilateral o internacional de su país con España.
NUEVAS
CATEGORÍAS
Las
familias numerosas, de acuerdo al proyecto normativo aprobado
hoy por el Gobierno, se clasificarán en dos categorías
(general y especial) frente a las tres que prevé la legislación
actual.
Así,
tendrán la consideración de familias numerosas de
categoría especial, las de cinco o más hijos y las
de cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto,
adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.
Las restantes unidades familiares se clasificarán en la
categoría general.
No
obstante, también se incluirán en la categoría
especial las familias con cuatro hijos cuyos ingresos anuales,
divididos por el número de miembros que las integran, no
superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional.
Además,
en atención a las especiales cargas que supone el cuidado
de los hijos discapacitados, el proyecto normativo prevé
que cada hijo afectado por un grado de discapacidad igual o superior
al 33%, computará como dos para determinar la categoría
en que se clasifica la unidad familiar de la que forman parte.
TÍTULO
ÚNICO
El
proyecto de ley establece que la condición de familia numerosa
se acreditará mediante un título único que
será válido en todo el territorio nacional y permitirá
identificar fácilmente a sus titulares para acceder a los
beneficios que les corresponda en cualquier parte del Estado.
La expedición y renovación de estos títulos
corresponderá a las Comunidades Autónomas.
En
cuanto a los efectos del reconocimiento, el proyecto normativo
contempla como novedad que la simple solicitud del título
permita a los solicitantes obtener los beneficios previstos y
no pierdan sus derechos durante el tiempo de tramitación.
AYUDAS
ESPECÍFICAS PARA CONCILIAR VIDA FAMILIAR Y LABORAL
El
proyecto normativo prevé ayudas específicas para
las familias numerosas en las que ambos cónyuges trabajen
fuera del hogar, ya sea por cuenta propia o ajena, o estén
incapacitados para el trabajo.
Así,
los padres y madres de familias numerosas con dificultades a la
hora de conciliar la vida familiar y laboral, contarán
con ayudas para la contratación de un cuidador que supla
las necesidades que se derivan de la atención a los menores
o personas dependientes, a través de bonificaciones del
45 por ciento de las cuotas a la Seguridad Social.
El
proyecto normativo prevé, asimismo, una ampliación
del periodo considerado como efectivamente cotizado y de reserva
del mismo puesto de trabajo de los actuales 12 meses a 15 ó
18 meses (según se trate de una familia de categoría
general o especial) en los casos en los que el padre o la madre
estuvieran en situación de excedencia por el cuidado de
hijos.
Es decir, hasta ahora, en los casos en los que el padre o la madre
estuvieran en situación de excedencia por el cuidado de
hijos, durante 12 meses se reservaba el puesto de trabajo y ese
año se consideraba como efectivamente cotizado a efectos
de Seguridad Social. Ahora, en los casos de familia numerosa de
categoría general ese período será de 15
meses, y en el caso de familia numerosa de categoría especial,
se amplía a 18 meses.
MÁS
BENEFICIARIOS DE LAS PRESTACIONES POR HIJO A CARGO
Además,
en el proyecto normativo se igualan los umbrales de renta para
acceder a las prestaciones por hijo a cargo con los mínimos
exentos del IRPF.
Así,
las familias numerosas con tres hijos pasarán del límite
vigente, 11.616 euros, a 14.200; las de cuatro hijos, pasan del
límite establecido de 13.147 euros, a un límite
de 16.500; las de cinco hijos, de 14.677 euros a 18.800; las de
seis hijos, de 16.208 euros a 21.100 euros, y las familias de
siete o más hijos, del límite actual de 17.739 euros
a los 23.400 previstos en el proyecto de ley, siguiendo un criterio
de renta per cápita.
La
equiparación de los umbrales de renta con los mínimos
exentos del IRPF beneficiará a 52.300 nuevas familias y
122.624 hijos, que serán perceptores de la prestación.
PREFERENCIA
EN VIVIENDAS PROTEGIDAS
En
materia de vivienda, las familias numerosas tendrán derechos
preferenciales a la hora de acceder a viviendas protegidas. Además,
podrán acceder a otras viviendas protegidas de mayor superficie
cuando la unidad familiar se amplíe y recibirán
ayudas económicas directas para su adquisición.
Esta medida es pionera pues sería la primera vez que se
reconoce por ley un derecho preferencial para las familias numerosas
en la adquisición de viviendas protegidas.
EXENCIÓN
Y REDUCCIÓN DE MATRÍCULAS
El
proyecto normativo prevé el establecimiento de un régimen
de exenciones y bonificaciones para los miembros de las familias
numerosas en relación con las tasas o precios por la prestación
de servicios o la realización de actividades de su competencia,
especialmente en los ámbitos de los transportes públicos,
el acceso a los bienes y servicios culturales y el acceso a las
pruebas de selección para el ingreso en la función
pública. Esta previsión será desarrollada
reglamentariamente.
Asimismo,
la ley establece directamente beneficios en el ámbito de
la educación impartida en centros públicos al fijarse
una exención del 100% de los gastos de matrícula
para los miembros de familias numerosas de categoría especial
y una bonificación del 50% para las de categoría
general.
Esto
significa que las familias con cinco o seis hijos pasan a beneficiarse
del 100 por cien de la exención de tasas académicas,
que hasta ahora sólo se aplicaba en las familias con siete
o más hijos. La modificación de las categorías
permitirá el acceso a estos beneficios a 4.500 nuevas familias
y 25.000 hijos.
SERVICIOS
DE INTERÉS GENERAL
El
proyecto prevé que la Administración General del
Estado adopte medidas, en el ámbito de sus competencias,
para que las entidades, empresas y establecimientos que presten
servicios públicos o realicen actividades de interés
general, concedan un trato más favorable a las familias
numerosas. (Por ejemplo en el agua, la luz, el teléfono,
etc.)
Asimismo,
se fomentará la responsabilidad social de las empresas
y de los agentes económicos y sociales para establecer
un trato especial a las familias numerosas en el acceso al mercado
laboral, la vivienda, el crédito y los bienes y servicios
culturales, deportivos y de ocio.
El
Gobierno ha comenzado ya a poner en marcha esta previsión
con la creación del Certificado de Empresa Familiarmente
Responsable, pionero en Europa, con el que se distinguirá
a aquellas empresas que destaquen por sus acciones de apoyo a
la familia y por las medidas adoptadas para promover la conciliación
de la vida familiar y laboral.
En
materia fiscal, el proyecto contempla que la Administración
General del Estado, en su ámbito de competencias, garantice
a las familias numerosas beneficios fiscales para compensarles
por las cargas que soportan y para facilitar la conciliación
de la vida familiar y laboral. Buena parte de estos beneficios
están ya en marcha en la reciente reforma de la Ley del
IRPF.
|