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El Gobierno aprueba el proyecto de Ley de Medidas Específicas en materia de Seguridad Social.

El Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Proyecto de Ley de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social. El texto, que ha recibido los dictámenes del CES y CGPJ, será remitido para su aprobación al Congreso de los Diputados.

El objetivo de este Proyecto de Ley es la introducción de diferentes modificaciones legales en la normativa de Seguridad Social, de modo que se perfile con toda nitidez el régimen público de Seguridad Social dispuesto en el artículo 41 de la Constitución, garantizando los principios de universalidad, unidad, solidaridad e igualdad del Sistema.

El texto delimita, en primer término, los principios y fines de la Seguridad Social. Con esta finalidad, se modifica el artículo 2 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado en los siguientes términos:

1. "El Sistema de la Seguridad Social, configurado por la acción protectora en sus modalidades contributiva y no contributiva, se fundamenta en los principios de universalidad, unidad, solidaridad e igualdad".

2. El Estado, por medio de la Seguridad Social, garantiza a las personas comprendidas en el campo de aplicación de ésta, por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad contributiva o no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en esta ley".

También se introduce un nuevo apartado 4 en el artículo 38 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto-Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en los siguientes términos:

4. "Cualquier prestación de carácter público que tenga por finalidad complementar, ampliar o modificar las prestaciones económicas de la Seguridad Social, forma parte del Sistema de la Seguridad Social sujeto a los principios regulados en el artículo 2 de la presente Ley".

De este modo se garantizan principios básicos para los usuarios del Sistema como la garantía de igualdad en todo el territorio nacional. Se refuerza también el principio de solidaridad, ya que ante situaciones de necesidad, las prestaciones serán las mismas.

NUEVAS MEDIDAS DE GESTIÓN

En el Proyecto se establecen una serie de medidas en materia de cotización y recaudación, que aproximan la regulación recaudatoria de la Seguridad Social a la existente en el ámbito financiero: se sustituyen los recargos de mora y apremio por un único recargo, se introduce el interés de demora y una mayor flexibilidad en la concesión de aplazamientos.

Igualmente, se elimina la obligación de presentar determinados documentos de cotización con respecto a determinados regímenes especiales, y se perfeccionan los procedimientos recaudatorios seguidos frente al sector público.
También se refuerza la confidencialidad de los datos de carácter personal de que disponga la Seguridad Social.

Asimismo se clarifica el régimen de prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes encomendada a las Mutuas y se regula el alcance de la responsabilidad patrimonial en supuestos especiales.

En materia de prestaciones se regula el alcance de la responsabilidad empresarial en determinados supuestos especiales, se clarifica el período de cotización exigible para causar derecho a un nuevo período de percepción de la prestación por incapacidad temporal.

En materia organizativa se atribuye al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales el ejercicio de las funciones económico-financieras de la Seguridad Social.

REORDENAR LAS PRESTACIONES FAMILIARES

Este proyecto de Ley procede a reordenar sistemáticamente las prestaciones familiares por hijo a cargo y contempla la extensión de las prestaciones familiares a tanto alzado a los supuestos de adopción, siguiendo el Plan Integral de Apoyo a la Familia (2001-2004), aprobado por el Gobierno en noviembre de 2001.

Con ello se clarifica la naturaleza de esta clase de prestaciones y sistematiza en un único cuerpo legal la regulación de todas las prestaciones actualmente dispersas.

Se trata, en definitiva, de garantizar por ley una serie de medidas que mejorarán la gestión de las prestaciones y pensiones que otorga la Seguridad Social.