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El Tribunal Supremo ha anulado 13 artículos del reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería.

El Tribunal Supremo ha anulado 13 artículos del reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería, entre ellos el que permitía el internamiento en un centro de detención de los inmigrantes que intentan entrar en patera en España, lo que no se contemplaba en la norma.

El Supremo también declara nulo el apartado que facultaba a funcionarios policiales para retirar el pasaporte a un inmigrante o tomar medidas cautelares, ya que el subdelegado del Gobierno es quien tiene esta competencia, y el que obligaba a los jueces a notificar a la policía ciertas sentencias.

La sentencia, que es firme, se ha producido después del recurso contencioso-administrativo presentado en 2001 por las 30 organizaciones de las federaciones de asociaciones pro-inmigrantes Red Acoge y Andalucía Acoge y considera ilegal la equiparación de la persona que pretende entrar en el país con el inmigrante que ya está en tránsito o en ruta dentro de España.

El delegado del Gobierno para la Inmigración y la Extranjería, Ignacio González, aseguró que la sentencia del Tribunal Supremo que anula 13 artículos del Reglamento de la Ley de Extranjería "no contradice" la política de inmigración y de repatriaciones del Ejecutivo.

"La sentencia para nada contradice la política de inmigración del Gobierno ni la política de repatriaciones que estamos llevando ni la imposibilita", declaró González, al margen del consejo informal de ministros de Interior y Justicia en la UE en la ciudad griega de Veria.

Según el delegado, "con esta sentencia, el Gobierno va a poder seguir internando a las personas que accedan de manera ilegal a nuestro territorio por puntos distintos a los pasos fronterizos y por lo tanto lo que haremos es ajustar nuestros procedimientos a las determinaciones que se establecen ahí, que son cuestiones puramente procedimentales".