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El
Consejo de Ministros ha modificado cuatro Reales Decretos en materia
fiscal. Respecto a los cambios en el Impuesto sobre Sociedades,
se modifican determinados artículos del Reglamento del Impuesto
y se introducen otros.
Las
modificaciones más destacadas son las siguientes:
- Deducción
por adquisición de valores extranjeros: se establece
la información que debe presentarse junto con la declaración
del Impuesto sobre Sociedades.
- Deducciones
por medio ambiente: se incluyen en la deducción las nuevas
inversiones por aprovechamiento de fuentes y energías
renovables.
- Deducción
por reinversión: se establece el procedimiento para los
planes especiales de reinversión que tengan plazos mayores
de los previstos.
- En
el régimen especial de fusiones y escisiones, se establece
la obligación de aportar una serie de datos informativos.
- En
el régimen de sociedades patrimoniales, se establecen
determinadas obligaciones formales.
- En
los regímenes especiales de agrupaciones de interés
económico españolas y europeas y uniones temporales
de empresa, se adaptan las obligaciones de información.
- En
el régimen de consolidación fiscal, se concreta
la forma de las comunicaciones para la aplicación del
régimen fiscal.
- En
materia de arrendamiento financiero, se establece el procedimiento
para solicitar la autorización administrativa.
- En
el régimen especial de entidades navieras en función
del tonelaje, se concreta el procedimiento para la aplicación
del régimen, así como los supuestos de renuncia
e incumplimiento.
- Se
modifica la obligación de retener y de ingresar a cuenta,
incluyendo la exención de retención en el caso
de cambio de activos en los que estén invertidas las
provisiones de los seguros de vida en los que el tomador asuma
el riesgo de la inversión.
- Se
modifican los porcentajes de retención de ingresos a
cuenta para adaptarlos a los nuevos tipos fijados por la Ley.
- Se
modifica el plazo de presentación de declaraciones informativas
anuales, cuando dicha presentación tenga lugar en soporte
legible por ordenador o en formato papel generado mediante programas
de ayuda de la Agencia Tributaria.
- Se
amplía el plazo de presentación de declaraciones
por vía telemática en casos excepcionales.
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