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Se suprime la exigencia de tarjeta de residencia a determinados ciudadanos de la Unión Europea.

Los beneficiarios son aquellos ciudadanos de la Unión Europea, Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza, que sean trabajadores comunitarios por cuenta propia o ajena, estudiantes, jubilados o pensionistas que hubieran cotizado en España y los familiares de todos estos colectivos.

No se aplicará este beneficio a los comunitarios inactivos, turistas y a los miembros de las familias de la Unión Europea que sean nacionales de terceros Estados.

Les bastará con tener el pasaporte en vigor o el documento nacional de identidad equivalente.

Se trata así de impulsar la libre circulación de personas en territorio común, haciendo más tangible el sentido de pertenencia a la ciudadanía europea, y de simplificar los requerimientos para el ejercicio de entrada, permanencia y trabajo.