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Este
año se mantienen los límites cuantitativos de la
pasada campaña de rentas exoneradas de la obligación
de declarar, es decir, la de los contribuyentes con rentas anuales
inferiores a 21.035,42 euros brutos procedentes de un único
pagador, o si proceden de varios pagadores, cuando la suma de
las cantidades del segundo y restantes no supere la cuantía
de 601,01 euros.
Si
lo percibido de un segundo pagador y sucesivos hubiera superado
los 601,01 euros, el límite para no tener que declarar
se reduce a 7.813,16 euros brutos anuales.
En
esta campaña, como novedad, no será necesario adherir
las etiquetas identificativas en los modelos que se generen informáticamente
por el módulo de impresión de la Agencia Tributaria.
Este
organismo, además, enviará a los contribuyentes
no obligados a declarar una carta con los datos personales equivalente
al modelo de solicitud de devolución, y bastará
con que el contribuyente la firme y la remita por correo o llame
al teléfono 901 200 345 para confirmar la solicitud.
Para
los contribuyentes obligados a declarar, el plazo para presentar
la declaración será del 2 de mayo al 30 de junio.
Como novedad, Montoro anunció que, como ensayo, se enviará
al domicilio de 1,5 millones de contribuyentes un borrador de
declaración, que sólo tendrán que devolverlo
a la Agencia si está de acuerdo con los datos.
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