|
Expansión
Hacienda
ha aprovechado una enmienda de última hora en el Senado
de la reforma del desempleo, que entró en vigor el sábado,
para estrechar el control fiscal sobre la práctica relativamente
habitual de las empresas de dar incentivos a los trabajadores
para que abandonen la compañía.
La enmienda regula que tendrán que tributar a Hacienda
desde el primer euro las indemnizaciones por despido cuando éste
sea fruto del mutuo acuerdo en el marco de planes o sistemas colectivos
de bajas incentivadas, aunque los pactos se produzcan antes del
acto de conciliación laboral. Con ello, Hacienda pretende
responder fiscalmente a la flexibilización administrativa
del despido que marca la reforma. Para cobrar el desempleo ya
no hace falta que el trabajador acredite ante el Inem que su despido
ha sido pactado con el empresario ante los Servicios de Mediación
Arbitraje y Conciliación o es producto de sentencia judicial;
basta con que se presente en el Inem la carta de despido o la
certificación de las empresas para cobrar el desempleo.
Ignacio
García-Perrote, del bufete de Uría&Menéndez,
asegura que ahora las empresas tendrán que demostrar a
Hacienda con exhaustiva documentación que los despidos
no son fruto del acuerdo ¿Por qué? Porque si es
un despido clásico, la indemnización por extinción
de contrato está exenta del pago de impuestos hasta los
límites que marca la ley: 45 ó 33 días por
año en el despido improcedente, y en función de
si el contrato indefinido es de antes o después de la reforma
laboral de 1997, o veinte días en el despido procedente.
A partir de esos límites, las indemnizaciones tributan
a Hacienda.
Reducciones
de plantilla
La enmienda que introdujo el PP ataca a los despidos colectivos
para tratar de obstaculizar las regulaciones de plantilla con
bajas incentivadas. Fuentes del PP consultadas por EXPANSIÓN
explican la reforma por varios motivos. El primero es que la empresa
debe saber que no es lo mismo despedir a un trabajador que a varios,
aunque no pase por la tramitación administrativa. Por tanto,
si desea agilizar el proceso de reducción de plantilla
con bajas incentivadas para mejorar resultados debe pagar por
ello. Y, en tercer lugar, el trabajador debe darse cuenta de que,
a efectos fiscales, no es lo mismo ser despedido que salir de
la empresa voluntariamente.
|