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Ministerio
de Justicia
El
Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia ha
aprobado el proyecto de Ley de Garantías en la venta de
bienes de consumo.
Desde
el día siguiente a la aprobación de la Ley en el
Parlamento, todos los compradores de bienes de consumo, tendrán
una garantía irrenunciable e ilimitable, según establece
el artículo 4 de la Ley, de que el bien adquirido se ajusta
exactamente a las condiciones contratadas. La renuncia previa
a estas garantías será declarada nula de pleno derecho.
La garantía será de dos años pudiendo reducirse
en el caso de la compra de bienes de segunda mano.
La
norma, supone un paso decisivo en la protección de los
derechos de los consumidores y garantiza que, cuando el bien adquirido
no sea conforme a la calidad prevista, no realice la prestación
habitual, no se ajuste a lo declarado por el vendedor, no corresponda
a las características de la publicidad hecha sobre el bien
o no se corresponda con las características descritas en
el etiquetado, el comprador tendrá derecho a la reparación
gratuita del bien, a la sustitución gratuita y sin gastos
de envío del bien, a la resolución del contrato
o a la rebaja del precio.
La
garantía alcanza a la correcta instalación del bien
obligando al vendedor a reparar gratuitamente la instalación
defectuosa si ésta procede de un error incluso contemplado
en las instrucciones de instalación.
La
reparación o la sustitución será una opción
del consumidor y deberá llevarse a cabo en un plazo de
tiempo razonable. Igualmente, si una vez realizada la reparación
gratuita el bien siguiera siendo defectuoso, el comprador podrá
exigir su sustitución.
La
Ley establece la posibilidad de garantías adicionales ofrecidas
por el vendedor o el productor del bien denominada garantía
comercial.Asimismo la Ley protege los derechos del consumidor
estableciendo la transparencia y el cumplimiento efectivo de estas
garantías adicionales.
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