|
Ser
madre trabajadora con algún hijo menor de tres años
y cotizar a la Seguridad Social o a una mutualidad que actúe
como alternativa. Son los requisitos necesarios para beneficarse
desde enero de la nueva deducción fiscal de un máximo
de 1.200 euros que se incluye en el proyecto de ley de Reforma Parcial
del IRPF.
El
director general de la Agencia Tributaria, Salvador Ruiz Gallud,
sólo pudo avanzar sus líneas básicas y los
plazos más inmediatos, debido a que, por el momento, la
normativa está en tramitación parlamentaria.
Lo
que está claro, sin embargo, es que existirán dos
opciones para recibir la deducción: cobrar la cantidad
íntegra - se incluye en la declaración de la Renta
con un importe máximo a descontar de 1.200 euros anuales
- o recibir un pago anticipado mensual de 100 euros, dentro del
denominado Plan de Devolución Anticipada a Madres y Adoptantes.
Así, si se cotiza a la Seguridad Social un mes, se percibirán
100 euros; si son dos, 200 euros, y así hasta los 1.200
correspondientes a los doce meses del ejercicio.
Inicio
de los pagos
La
deducción entrará en vigor en enero, mes en el que
comenzará la presentación de solicitudes para obtener
ese abono anticipado, bien por correo, teléfono o Internet;
los primeros pagos se cobrarán en febrero. En el supuesto
de que una mujer no reciba la ayuda desde principios de año
porque se haya retrasado en la presentación de la solicitud,
“puede esperar a la declaración y solicitar la devolución
rápida del importe de esos meses que no ha cobrado”.
Según
anticipó Ruiz Gallud, la mayoría de las solitantes
podrán beneficiarse de esa deducción máxima,
dado que para calcular las cotizaciones abonadas se suma la parte
que corre a cuenta del trabajador y la que paga la empresa, y
no se tienen en cuenta las bonificaciones de la Seguridad Social.
Esto siginfica, por ejemplo, que con el Salario Mínimo
Interprofesional anual ya se cotizan 1.200 euros al año.
No hace falta ser declarante del IRPF para tener derecho a la
deducción o a la paga mensual, e incluso los no declarantes
que hayan cotizado a la Seguridad Social pueden aplicarlo.
Respecto
al procedimiento de solicitud, la Agencia Tributaria lanzará
una campaña informativa con cartas a las madres con hijos
menores de tres años para explicarles todos los detalles.
Al
tratarse todavía de un proyecto, Gallud recalcó
ayer la “prudencia a la hora de implantar estos servicios”, en
alusión a los casos especiales a los que deberá
enfrentarse el organismo.
|