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Abc.es
Las
reformas legislativas, enumeradas por el titular de Justicia,
José María Michavila, son ambiciosas y suponen el
cogollo de un auténtico plan de choque para reducir los
índices criminales. No obstante, su aplicación pasa
por el trámite parlamentario. Michavila justificó
la necesidad de ponerlas en marcha ante el incremento del número
de pequeños y medianos delitos, el aumento de delincuentes
multirreincidentes y la actuación de bandas criminales.
Las medidas, con una inversión de 76 millones de euros,
son:
Juicios
rápidos. Ya se están celebrando, pero tras la
aprobación de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,
posiblemente en octubre, se generalizarán. El fin es agilizar
la tramitación de delitos flagrantes (hurtos, robos de
coches, violencia doméstica...) con especial incidencia
en la seguridad ciudadana. La instrucción del caso deberá
celebrarse durante la guardia del juzgado y la vista tendrá
lugar como máximo en 15 días. Se regularán
los juicios de faltas para que se lleven a cabo en sólo
unas horas o en un plazo muy breve. Se introduce la prueba preconstituida
antes del juicio (en el caso de turistas que hayan sido víctimas
de un delito se prevé muy efectiva) y la de celebrar el
juicio en ausencia del imputado se amplía hasta una pena
de dos años.
Prisión
provisional. La finalidad de reformar esta delicada figura
es evitar que algunos delincuentes se sustraigan a la acción
de la justicia, caso frecuente en extranjeros delincuentes sin
domicilio ni arraigo.
Código
Penal. La aspiración de las mejoras, que suponen un
evidente endurecimiento punitivo, es reducir la inseguridad ciudadana
y combatir la delincuencia especializada. El Gobierno introducirá
el llamado «periodo de seguridad»: cuando la pena
de prisión supere los cinco años el juez no podrá
conceder el tercer grado penitenciario hasta que el reo haya cumplido
la mitad de condena. Pasado el primer año, el magistrado
puede aplicar el régimen general (se trata de evitar que
se pueda acceder al tercer grado desde el primer día de
ingreso en la cárcel). En algunos delitos el arresto de
fin de semana puede sustituirse por penas de cárcel de
entre 3 y 6 meses, y la segunda condena obliga a que se hagan
efectivas las anteriores. El cómputo de beneficios penitenciarios
también se endurece y en lugar de aplicarse sobre la pena
máxima -en los casos más graves entre 25 y 30 años-,
el Gobierno pretende que se realice sobre la totalidad de la condena
impuesta con carácter obligatorio. Se ampliará la
duración del alejamiento de la víctima de cinco
a diez años y se podrá compatibilizar con el ingreso
en prisión. Las penas también podrán ser
mayores si concurren dos agravantes o se produce un delito continuado.
Se tipificarán nuevos delitos como los robos de telefonía
móvil o la piratería y se regularán de forma
específica conductas ilegales de explotación de
extranjeros (venta de permisos, «pasadores» de personas,
explotación sexual...).
Extranjería.
Expulsión obligatoria de extranjeros inculpados en procedimientos
con penas inferiores a seis años o condenados a la misma
y favorecer el ingreso de extranjeros en centros de internamiento
a la espera de su expulsión.
Euro-orden.
La Euro-orden equivaldrá a suprimir la fase administrativa
en la extradiciones, con un procedimiento de juez a juez. Se elimina
el requisito de doble incriminación para 32 delitos, entre
ellos el tráfico de drogas, de seres humanos, abuso sexual
de menores y piratería.
Jueces
y fiscales. Este año se crearán 80 plazas de
jueces penales y 70 de fiscales. Se reforzarán los forenses,
peritos e intérpretes.
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