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El Ministerio de Justicia aprueba siete planes de choque para tribunales con atasco judicial.

Ministerio de Justicia

El Ministerio de Justicia ha aprobado siete nuevos planes de choque para desatascar salas de tribunales con colapso judicial. En total 67 magistrados trabajarán por las tardes para eliminar durante seis meses las bolsas de pendencia acumuladas en las salas de siete tribunales.

Esta medida continúa los programas concretos de actuación que el Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial pusieron en marcha en diciembre del año pasado y que afectaron a las bolsas de pendencia de la Audiencia Provincial de Madrid y la primera instancia del orden jurisdiccional civil a nivel nacional. Ahora, la medida alcanza a la sección primera de la sala de lo contencioso del Tribunal Supremo y a seis salas de los Tribunales Superiores de Justicia de Asturias, Cataluña, Andalucía, Extremadura, Madrid y Galicia. De estas seis salas, dos son de lo social (Asturias y Galicia) y cuatro de lo contencioso-administrativo (Cataluña, Andalucía, Extremadura y Madrid).

VUELTA A LA NORMALIDAD
El objetivo de estos programas de choque es reducir el volumen de asuntos pendientes y devolver estas salas al normal funcionamiento. Para ello se extenderán durante seis meses a partir de este trimestre, salvo el caso de Cataluña, que extenderá la vigencia del plan hasta el 31 de diciembre. En estas salas, como ya ocurre en muchas de las civiles, se incorporarán 67 magistrados en horario de tarde.

La distribución de magistrados por sala es la siguiente: 5 para la sala del Supremo, 11 para la de Cataluña, 5 para la de Extremadura, 7 para la de Asturias, 10 para la de Galicia y 14 para la de Madrid. Los magistrados de tarde que trabajarán en el TSJ de Andalucía se repartirán entre las dos sedes de este órgano judicial, con lo que habrá
12 refuerzos en Málaga y 3 en Granada.

Las salas han sido elegidas por los niveles de pendencia que presentaban, con una cifra global de más de 91.000 asuntos atrasados.

A 30 de diciembre de 2001, la sala de lo contencioso del TSJ de
Cataluña acumulaba 27.181 asuntos, y la de Andalucía 20.479 en
Granada y 14.694 en Málaga. Los 9.600 casos atrasados de la sección
primera de la sala tercera del Supremo, los 4.814 de la sala contenciosa
del TSJ de Extremadura, los 10.770 de la sala de lo social de Galicia o
los 3.613 de su homóloga asturiana son cifras que dan idea de la
necesidad de poner en marcha una medida como la aprobada.

CANTIDAD Y CALIDAD
Con estos planes concretos, el Ministerio de Justicia continúa el plan de esfuerzo, en el que se incentivará la cantidad y la calidad del trabajo de los jueces, en función de su rendimiento y del cumplimiento de objetivos, para acabar con el atasco judicial allí donde existe.

Según Justicia, estos programas de actuación en órganos judiciales permitirán de forma realista y global eliminar los focos de atraso existentes, fortalecer unidades judiciales saturadas y mejorar el rendimiento de la actividad judicial.
Para el Ministerio de Justicia, es evidente que la percepción de los ciudadanos sigue siendo la de que la Justicia es lenta, a pesar de que los datos estadísticos revelan que por primera vez en España los órganos judiciales resuelven tantos asuntos como entran. Ello se debe por una parte, al importante esfuerzo que en los últimos años se ha realizado creando nuevos órganos judiciales y, por otra, al incremento que se ha producido de la tasa de resolución, que en el periodo 1999-2001 se ha incrementado en un 22,12 % con relación al periodo 1997-1999.

Hasta hace poco se llevaban a cabo actuaciones puntuales para resolver la saturación existente en algún órgano concreto, a través del instrumento de los planes de refuerzo. Sin embargo dicho instrumento se mostraba como insuficiente ya que carecía de la necesaria coordinación al objeto de acometer una solución global y general del problema de los atascos en la Justicia ya que daba lugar a actuaciones aisladas.

Con el fin de solventar este obstáculo el Gobierno aprobó el pasado 26 de octubre el Real Decreto 1163/2001 por el que se regularon los programas concretos de actuación en órganos judiciales, que permiten de forma realista y global eliminar los focos de atraso existentes, fortalecer unidades judiciales saturadas y mejorar el rendimiento en ejercicio de la actividad judicial.