Lexconsultor, Información y Servicios Legales

El Gobierno perfecciona con más criterios objetivos la designación de fiscales sustitutos.

Ministerio de Justicia

El Consejo de Ministros ha aprobado el REAL DECRETO 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal por el que se perfecciona con más criterios objetivos la designación de fiscales sustitutos. Así, por ejemplo, se dará más importancia, entre otros, a los méritos profesionales y se mejorará la forma de selección. En todo caso, la provisión temporal de fiscales sustitutos es un procedimiento excepcional, previsto para cortos períodos de tiempo para atender los casos de ausencia de titulares.

El sistema selectivo para nombrar fiscales sustitutos está contemplado en el real decreto 2397/1998, de 6 de noviembre, que introdujo criterios de agilidad y objetividad en el procedimiento de selección. Sin embargo, la experiencia de las últimas convocatorias ha llevado a la necesidad de mejorar ese régimen de nombramientos completando el baremo de méritos para determinar la propuesta de nombramiento y haciendo más sencilla la tramitación de solicitudes, que se presentarán exclusivamente ante la Fiscalía General del Estado.

En este real decreto se priman de forma más objetiva la calificación de los méritos, dando más importancia, por ejemplo, a las tareas de sustitución que haya realizado el aspirante en funciones judiciales, fiscales o de secretariado que sobre el ejercicio de otras profesiones jurídicas. Además, el mérito de superar ejercicios de pruebas selectivas a la Carrera Judicial o Fiscal se computará ahora cualquiera que fuera el tiempo transcurrido desde la realización de la oposición, antes limitada a cinco años. La norma contempla la extinción de los turnos de incorporación inmediata y de reserva ya que se ha demostrado poca efectividad en su aplicación.