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Se remite a las Cortes el proyecto de Ley Orgánica que suprimirá el delito de insumisión.

Ministerio de Justicia

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley orgánica que acabará con los delitos contra el deber de prestación del servicio militar y de la prestación social sustitutoria (PSS), contenidos en el Código Penal, así como los delitos referidos a abandono de servicio y deserción referidos a los soldados de reemplazo, reflejados en el Código Penal Militar.

Este proyecto, que tendrá efectosr retroactivos, obligará a revisar las causas abiertas y cancelará los antecedentes penales relativos a estos delitos, es consecuencia de la profesionalización de las Fuerzas Armadas y la desaparición de la mili y la PSS.

Mediante la presente Ley Orgánica, que ahora se remitirá a las Cortes, se dejan sin contenido los artículos 527 y 604 de Ia Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que son los que tipificaban los delitos contra los deberes de cumplimiento de la prestación social sustitutoria y de prestación del servicio militar, hoy de imposible comisión.

Asimismo, de Ia Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar, se deroga su artículo 119 bis, que castiga al militar de reemplazo que injustificadamente se ausente de su unidad, destino o lugar de residencia por más de quince días o no se presente transcurrido dicho plazo desde el momento en que debió efectuar su incorporación.

También en el Código Penal Militar se da nueva redacción al artículo 120, que tipifica el delito de deserción, que a partir de ahora sólo podrán cometer los militares profesionales y los reservistas incorporados a las unidades, centros u organismos correspondientes del Ministerio de Defensa.

EFECTO RETROACTIVO

Para garantizar el efecto retroactivo de la norma se incluye una disposición transitoria con el objetivo de que se revisen las sentencias firmes dictadas en relación con Ia comisión de los delitos que hoy se despenalizan. Esta disposición prevé además que se sobresean y archiven los procedimientos penales incoados por dichos delitos y sobre los que aún no hay sentencia.

PROFESIONALIZACIÓN DEL EJÉRCITO

En la exposición de motivos de este proyecto de Ley, el Gobierno explica que el actual proceso de profesionalización de las Fuerzas Armadas en que se encuentra España ha permitido que, desde el 31 de diciembre del año 2001, tanto el cumplimiento del servicio militar como Ia prestación social sustitutoria hayan quedado suspendidos. Ello ha sido así en virtud de sendos Reales Decretos de marzo y abril de 2001, que a su vez han sido consecuencia de la profesionalización de nuestro ejército, prevista en Ia Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas.

El Ejecutivo ha querido que este cambio transcendental tenga su inmediato reflejo en Ia normativa penal con el proyecto de Ley Orgánica que hoy ha remitido para su debate y aprobación en el Congreso y el Senado.