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El Ministerio de Justicia permite la solicitud de certificados de los Registros Civiles por Internet.

Ministerio de Justicia

El Ministerio de Justicia ha dado un paso más en la modernización y agilización de los servicios públicos que prestan los registros civiles, ya que a partir de ahora los ciudadanos podrán solicitar a estos organismos las certificaciones que precisen por vía telemática, con uso de internet y el correo electrónico, evitando numerosos desplazamientos y trámites presenciales.

El efecto práctico e inmediato de esta medida es que se reducen así los tres desplazamientos físicos que obligatoriamente un ciudadano tenía que realizar a un registro cada vez que solicitaba un certificado.

Hasta ahora, cuando alguien quería un documento de un registro civil, primero acudía a solicitar un formulario, luego a presentarlo cumplimentado y por último a recoger el certificado solicitado.

A partir de ahora, con la nueva normativa aprobada por el Ministerio de Justicia, se suprimen los dos primeros trámites, ya que el interesado podrá obtener cómodamente desde su domicilio y a través de la dirección de internet del Ministerio, www.mju.es, los formularios de solicitud, descargarlos en su propio ordenador, cumplimentar los datos imprescindibles y remitirlo finalmente de forma directa a la cuenta de correo electrónico del Registro Civil competente. La contestación al usuario deberá hacerse en casos de urgencia en el plazo máximo de 24 horas.

Para conseguir estos objetivos, la Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, ha dictado una Instrucción dirigida a todos los Jueces y Magistrados encargados de los Registros civiles informatizados definiendo las reglas que habrán de regir este nuevo procedimiento.

En esta Instrucción se trata también de garantizar que el uso de las nuevas tecnologías de las comunicaciones no afecte los actuales niveles de seguridad jurídica y de protección de la intimidad personal y familiar de las personas inscritas, garantizando la protección de los datos sensibles que afecten a tales ámbitos, sin alterar los requisitos exigidos para la normativa del Registro Civil.