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Hacienda modifica el Reglamento de Recaudación para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales

Europa Press

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Recaudación, de modo que el contribuyente pueda realizar el ingreso de la deuda resultante de la autoliquidación a través de la entidad colaboradora debidamente autorizada.

Hasta ahora sólo se podía llevar a cabo a través de la entidad que presta el servicio de caja en la Administración tributaria competente. De este manera, se atiende al mandato de la Ley de Derechos y Garantías de los Contribuyentes, que impone a la Administración Tributaria el deber de facilitar al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. En este mismo sentido, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Así, el contribuyente podrá pagar este impuesto, no sólo en la entidad de depósito que preste servicio de caja en las Oficinas de Gestión Tributaria de la Administración competente, sino también en cualquier oficina de las entidades bancarias colaboradoras.

Igualmente, dio luz verde a otro Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el mismo sentido que los dos anteriores. Además, este Real Decreto añade al Reglamento de dicho impuesto un artículo que regula el fraccionamiento de la cuota derivada de las cantidades percibidas en forma de renta por contratos de seguro de vida.