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Europa
Press
Telefónica
de España, único operador obligado a prestar el
servicio universal telefónico, tendrá un plazo máximo
de 60 días naturales para instalar una nueva línea
telefónica desde el momento de la recepción de la
solicitud, según se recoge en la Orden del Ministerio de
Ciencia y Tecnología de 21 de diciembre, publicada el pasado
viernes en el BOE, en la que se regulan diversos aspectos del
servicio universal.
En
caso de no cumplir este plazo sin que medien "causas de fuerza
mayor u otras imputables al solicitante", Telefónica
deberá compensar al usuario eximíendole del pago
de la cuota de conexión.
La operadora debe satisfacer todas las solicitudes de conexión
a la red telefónica pública fija que se consideren
"razonables", lo que incluye cualquier inmueble situado
en suelo urbano y cualquier vivienda destinada a uso residencial,
incluso aunque haya sido autorizada excepcionalmente sobre suelo
no edificable.
Por otra parte, la operadora obligada al servicio universal deberá
facilitar a todos sus abonados un "acceso continuado"
al servicio, por lo que las interrupciones se limitarán
a lo "estrictamente necesario", preferentemente en las
horas de menor utilización del servicio.
Además, deberá compensar a aquellos abonados que
tengan interrupciones superiores a las 48 horas en un periodo
inferior a doce meses.
Por lo que respecta a las guías telefónicas, la
Orden ministerial establece que deben aparecer los datos de los
abonados que tengan un número asignado y que no hayan solicitado
no aparecer en la guía, así como los usuarios de
telefonía móvil y los que tengan asignados números
de inteligencia de red que pidan su inclusión.
Asimismo, se contempla que las guías, que deben ser actualizadas
en plazos no superiores a 12 meses, incluyan informaciones útiles
para los usuarios, como números de emergencias o sobre
las posibilidades de ejercer sus derechos de rectificación
o cancelación de datos personales.
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