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El
Registro de una obra es un procedimiento administrativo para la
protección de los derechos de propiedad intelectual de
los autores y demás titulares sobre las creaciones de carácter
literario, científico o artístico. La inscripción
registral supone una presunción que los derechos inscritos
existen y pertenecen a su titular, salvo prueba en contrario.
El
Registro es voluntario; meramente declarativo y no constitutivo
de derechos. Por lo tanto, no es obligatoria la inscripción
en el Registro para adquirir los derechos de propiedad intelectual,
ya que los tiene el autor por el mero hecho de la creación
de su obra.
No
debe confundirse el Registro con otras figuras como:
-
El símbolo © del copyright en una obra. Este
símbolo puede ponerlo el autor en su obra por el mero
hecho de ser el autor, desde el momento de la creación
o el titular de los derechos de explotación desde el
momento de adquisición de los mismos.
- El
Depósito Legal. Éste último tiene
la función de recoger la producción bibliográfica
nacional, dando un número a cada edición.
- El
ISBN (International Standard Book Number), que se utiliza
para simplificar las operaciones estadísticas y comerciales
de los libros y entre los libreros.
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información:
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