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Consejos Legales
Procedimiento para el canje de permisos de conducción expedidos en Estados miembros de la Unión Europea.
 

Los permisos de conducción expedidos por los Estados miembros de la Unión Europea con arreglo a la normativa comunitaria mantendrán su validez en España, con la salvedad de que la edad requerida para la conducción corresponderá a la exigida para obtener el permiso español equivalente.

Cuando el titular de un permiso de conducción expedido por otro Estado miembro establezca su residencia normal en España, si conduce o pretende conducir, dispondrá de un plazo de seis meses, contado desde la fecha en que su titular obtuvo la formalización de su residencia normal, para interesar en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico la introducción de los datos en el Registro Central de Conductores e Infractores.

La Jefatura Provincial de Tráfico anotará sobre el permiso todas las menciones necesarias para su gestión y, en especial, el lugar de residencia habitual de su titular en España.

A partir de la fecha de introducción de los datos del permiso en el Registro, su titular quedará sometido al reconocimiento de sus aptitudes psicofísicas en los mismos períodos previstos para los permisos expedidos en España.

El titular de un permiso de conducción vigente expedido por un Estado miembro de la Unión Europea que haya establecido su residencia normal en España, podrá en cualquier momento solicitar el canje de su permiso de conducción por otro español equivalente.

Documentación necesaria:

  • Solicitud en impreso oficial que se facilita en la Jefatura Provincial de Tráfico en la que se desee obtener el permiso.
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor, o, en su caso, del pasaporte, del documento de identificación de extranjeros (N.I.E.) que acredite su residencia normal o condición de estudiante en España durante el período mínimo exigido, en unión de los documentos originales que serán devueltos una vez cotejados.
  • Dos fotografías actualizadas, de 35 x 25 mm.
  • Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.
  • Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado.
    Permiso que se pretende canjear, copia o fotocopia del mismo.

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