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Consejos Legales
¿Cuando un accidente "in itinere" se considera accidente de trabajo?
 

Se considera accidente «in itinere» el que sufre el trabajador al ir al lugar de trabajo o al volver de éste.

La calificación de accidente in itinere como de trabajo se basa en el supuesto de que, de no haber tenido que ir el accidentado a su tarea desde su casa, o a la inversa, no se hubiera producido la lesión.

Pero la presunción de laboral del accidente o dolencia del trabajo sólo es aplicable a los acaecidos en el tiempo y lugar de trabajo, y no a los ocurridos en el trayecto de ida o vuelta al mismo, y la asimilación a accidente de trabajo del accidente in itinere se limita a los accidentes en sentido estricto (lesiones súbitas y violentas producidas por agentes externos) y no a las dolencias de distinta etiología. No obstante, no puede establecerse una regla general en este sentido ya que la noción de accidente in itinere, no desarrollada legalmente, ha sido objeto de amplia jurisprudencia a menudo contradictoria.

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