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La
Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica,
establece las siguientes reducciones en la base de cotización
de los trabajadores por cuenta propia o autónomos:
- En
el supuesto de que en el momento del alta inicial los trabajadores
tengan 30 o menos años de edad, la base de cotización
será la elegida por ellos entre el 75 % de la base mínima
y hasta la cuantía de la base máxima, fijadas
en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en cada ejercicio
y durante los tres años inmediatamente siguientes a la
fecha de efectos de dicha alta.
-
Lo
previsto en el párrafo anterior será igualmente
de aplicación a las mujeres con 45 o más años
de edad en el momento del alta inicial.
- Estará
exonerados del pago de cuotas si tiene cumplidos 65 o más
años de edad y acredita 35 o más años
de cotización efectiva a la Seguridad Social, sin que
se computen a estos efectos las partes proporcionales de pagas
extraordinarias.
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