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Consejos Legales
¿Cómo se fijan las cuotas de participación de pisos o locales en las comunidades de propietarios?. ¿Pueden modificarse?
 

El objetivo de las cuotas de participación es la de determinar la participación de cada uno de los vecinos en los gastos y beneficios de la comunidad, así como establecer el porcentaje que posee cada para su cómputo en las votaciones de la junta de propietarios.

La cuota ha de venir reflejada en el título constitutivo y puede haber sido fijada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos o si el edificio tiene varios titulares, habrá sido acordado unánimamente por todos ellos.

Para su fijación se tiene en cuenta, entre otros:

  • La superificie útil del piso o local con respecto al conjunto del inmueble y los otros pisos.
  • Su emplazamiento, es decir, si el inmuebe es interior o exterior.
  • La situación del edificio.
  • El uso que vaya a hacerse de los elementos o servicios comunes.

Sólo en casos excepcionales cabe su modificación. En principio, esta sólo es posible cuando existe acuerdo unánime de todos los propietarios, ya que se trata de una modificación del título constituvo. Si no se alcanza este, es necesario acudir al juez para que lo determine. No obstante, debe tenerse en cuenta lo costoso del proceso en determinadas ocasiones ya que se exige la intervención de arquitectos, peritos, cambios de escrituras, etc.

Existen supuestos donde la modificación es necesaria: Cuando se convierten elementos comunes en privativos, cuando se dividen o agregan pisos, etc.


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