| |
En
primer lugar, una vez emitida nueva factura rectificando el error
a su favor, debe ponerse en contacto con su cliente:
- Si
su cliente es un empresario o profesional está obligado
a aceptar la rectificación. Si no lo hace, usted puede
interponer una reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo
del domicilio de su cliente. Se trata de un acto que no requiere
abogado ni procurador y que es más rápido que
los Tribunales Ordinarios.
- Si
el cliente es un particular, usted no podrá realizar
la rectificación ya que así lo prohibe la normativa
reguladora del IVA.
Ocurra
lo que ocurra con la reclamación, usted debe ingresar el
IVA. En este caso usted puede:
- Presentar
una declaración del IVA recitificativa de la que presentó
anteriormente. En este caso Hacienda le girará un recargo
que puede variar entre el 5 y el 20% en función del tiempo
transcurrido.
- Sin
embargo, tenga en cuenta que muchas veces los errores se deben
a distintas interpretaciones de la Ley del IVA. Por lo que es
aconsejable que se ponga en contacto con un asesor fiscal que
tal vez evite el pago de los recargos anteriores.
Más
información:
|