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La Ley General de Defensa de los Consumidores protege especialmente
la información correcta que debe darse a los consumidores
en aquellos bienes de uso ordinario y generalizado. No cabe duda
de que la vivienda es uno de esos bienes, de ahí que su
derecho a recibir una información correcta y ajustada a
la realidad cuando decide comprar una vivienda a un promotor se
haya potenciado regulándose en una norma específica,
el Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección
de los consumidores en cuanto a la información a suministrar
en la compra-venta y arrendamiento de viviendas.
En
primer lugar, debe usted que saber que esta ley obliga a que toda
oferta, promoción o publicidad que reciba:
- Se
adapte a las verdaderas características, condiciones
y utilidad de la vivienda, expresando siempre si la misma se
encuentra en construcción o si la edificación
ha concluido.
- Deberá
hacerse de manera que no induzca a error y no silenciará
datos fundamentales.
- Todos
los datos incluidos en la oferta, promoción o publicidad
serán exigibles aunque luego no figuren en el contrato.
¿Qué
información deben tener a su disposición cuando
les visite?
Cuando
usted visite a un promotor interesándose por la compra
de una vivienda, debe saber que están legalmente obligadas
a tener a su disposición:
1.
Su nombre, domicilio, y si se trata de una sociedad mercantil,
los datos de la inscripción en el registro mercantil.
2.
Plano general del lugar donde esté situada de la vivienda
y plano de la vivienda, con la descripción de las redes
eléctrica, de agua, gas y calefacción y garantías
de las mismas, y de las medidas de seguridad contra incendios
con que cuente el inmueble.
3.
Descripción de la vivienda incluyendo su superficie útil,
y descripción general del edificio en el que se encuentra,
de las zonas comunes y de los servicios accesorios.
4.
Referencia a los materiales empleados en la construcción
de la vivienda, incluidos los aislamientos térmicos y acústicos,
y del edificio y zonas comunes y servicios accesorios.
5.
Instrucciones sobre el uso y conservación de las instalaciones
que exijan algún tipo de conocimiento especial y sobre
evacuación del inmueble en caso de emergencia.
6.
Datos de la inscripción del inmueble en el Registro de
la Propiedad. Si no está todavía inscrita deben
informarle de este hecho.
7.
Precio total de la vivienda y servicios accesorios y forma de
pago.
8.
Copia de las autorizaciones para la construcción de la
vivienda y de las licencias para la ocupación de la vivienda
y zonas comunes.
9.
Estatutos y normas de funcionamiento de la comunidad de propietarios
si ya se ha constituido, así como información de
los contratos de servicios y suministros de la comunidad.
10.
Si la comunidad de propietarios ya esta funcionando se facilitará
un nota con el estado las cuentas y de las obligaciones de la
vivienda que va a comprar.
11.
Información en cuanto al pago de los impuestos de todas
clases que graven la propiedad o utilización de la vivienda.
a.
Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
b.
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados (ITP)
c.
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza
Urbana (Plusvalía)
12.
Forma en que esta previsto hacer el contrato con sus condiciones
generales y especiales, haciendo constar especialmente lo siguiente:
a.
Que el consumidor no soportará los gastos derivados de
la titulación que correspondan legalmente al vendedor.
b.
Que usted como comprador tiene derecho a exigir el otorgamiento
de escritura pública tras la firma del contrato.
c.
Que usted como comprador tiene derecho a la elección
de notario, siempre que el Notario que usted elija guarde conexión
con el lugar donde esté situada la vivienda o con la
residencia del vendedor.
13.
En el caso de que la vivienda o las zonas comunes o elementos
accesorios no se encuentren totalmente edificados se hará
constar con toda claridad la fecha de entrega y la fase en que
en cada momento se encuentra la edificación.
14.
Se indicará el nombre y domicilio del arquitecto y del
constructor.
Además,
la información que usted reciba debe ser especialmente
detallada y clara en cuanto al precio de venta, debiendo
tener a su disposición una nota explicativa que
contenga los siguientes datos:
15.
Precio total de la venta, que se entenderá, que incluyen
en su caso, los honorarios de agente y los impuestos a pagar.
16.
Forma de pago. En el caso de preverse aplazamientos se indicará
el tipo de interés y las cantidades que corresponderá
abonar por principal e intereses y fecha de vencimiento de unos
y otros.
17.
Medios de pago admisibles para las cantidades aplazadas.
18.
Si se prevé la subrogación del consumidor en alguna
operación de crédito no concertada por el, con garantía
real sobre la propia vivienda se indicará con claridad
el notario autorizante de la correspondiente escritura, fecha
de esta, datos de su inscripción en el registro de la propiedad
y la responsabilidad hipotecaria que corresponde a cada vivienda,
con expresión de vencimientos y cantidades.
19.
Garantías que deberá constituir el comprador por
el precio o la parte de el aplazado.
20.
En la nota explicativa se hará constar que del importe
total de la venta se deducirá cualquier cantidad entregada
a cuenta o anticipada por el comprador antes de la formalización
de la operación.
¿Qué
debe constar en los folletos publicitarios y que valor tienen?
En
todos los folletos publicitarios que se le entreguen, deben constar
siempre los datos sobre ubicación y los contenidos vistos
en los números 1, 3, 4, 6, 7, 15, 16, 17, 18, 19 y 20.
Debe
indicarse también su período de validez y los lugares
en los que se encuentra a disposición del público
toda la información obligatoria vista anteriormente.
Toda
esta información es exigible aunque no figure en el contrato
por lo que es recomendable que guarde todos los folletos que reciba.
LexJuridica
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