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INFORMACIÓN OBLIGATORIA A SUMINISTRAR A LOS COMPRADORES DE VIVIENDAS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN..
 

La Ley General de Defensa de los Consumidores protege especialmente la información correcta que debe darse a los consumidores en aquellos bienes de uso ordinario y generalizado. No cabe duda de que la vivienda es uno de esos bienes, de ahí que su derecho a recibir una información correcta y ajustada a la realidad cuando decide comprar una vivienda a un promotor se haya potenciado regulándose en una norma específica, el Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta y arrendamiento de viviendas.

En primer lugar, debe usted que saber que esta ley obliga a que toda oferta, promoción o publicidad que reciba:

  • Se adapte a las verdaderas características, condiciones y utilidad de la vivienda, expresando siempre si la misma se encuentra en construcción o si la edificación ha concluido.
  • Deberá hacerse de manera que no induzca a error y no silenciará datos fundamentales.
  • Todos los datos incluidos en la oferta, promoción o publicidad serán exigibles aunque luego no figuren en el contrato.

¿Qué información deben tener a su disposición cuando les visite?

Cuando usted visite a un promotor interesándose por la compra de una vivienda, debe saber que están legalmente obligadas a tener a su disposición:

1. Su nombre, domicilio, y si se trata de una sociedad mercantil, los datos de la inscripción en el registro mercantil.

2. Plano general del lugar donde esté situada de la vivienda y plano de la vivienda, con la descripción de las redes eléctrica, de agua, gas y calefacción y garantías de las mismas, y de las medidas de seguridad contra incendios con que cuente el inmueble.

3. Descripción de la vivienda incluyendo su superficie útil, y descripción general del edificio en el que se encuentra, de las zonas comunes y de los servicios accesorios.

4. Referencia a los materiales empleados en la construcción de la vivienda, incluidos los aislamientos térmicos y acústicos, y del edificio y zonas comunes y servicios accesorios.

5. Instrucciones sobre el uso y conservación de las instalaciones que exijan algún tipo de conocimiento especial y sobre evacuación del inmueble en caso de emergencia.

6. Datos de la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad. Si no está todavía inscrita deben informarle de este hecho.

7. Precio total de la vivienda y servicios accesorios y forma de pago.

8. Copia de las autorizaciones para la construcción de la vivienda y de las licencias para la ocupación de la vivienda y zonas comunes.

9. Estatutos y normas de funcionamiento de la comunidad de propietarios si ya se ha constituido, así como información de los contratos de servicios y suministros de la comunidad.

10. Si la comunidad de propietarios ya esta funcionando se facilitará un nota con el estado las cuentas y de las obligaciones de la vivienda que va a comprar.

11. Información en cuanto al pago de los impuestos de todas clases que graven la propiedad o utilización de la vivienda.

a. Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

b. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP)

c. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía)

12. Forma en que esta previsto hacer el contrato con sus condiciones generales y especiales, haciendo constar especialmente lo siguiente:

a. Que el consumidor no soportará los gastos derivados de la titulación que correspondan legalmente al vendedor.

b. Que usted como comprador tiene derecho a exigir el otorgamiento de escritura pública tras la firma del contrato.

c. Que usted como comprador tiene derecho a la elección de notario, siempre que el Notario que usted elija guarde conexión con el lugar donde esté situada la vivienda o con la residencia del vendedor.

13. En el caso de que la vivienda o las zonas comunes o elementos accesorios no se encuentren totalmente edificados se hará constar con toda claridad la fecha de entrega y la fase en que en cada momento se encuentra la edificación.

14. Se indicará el nombre y domicilio del arquitecto y del constructor.

Además, la información que usted reciba debe ser especialmente detallada y clara en cuanto al precio de venta, debiendo tener a su disposición una nota explicativa que contenga los siguientes datos:

15. Precio total de la venta, que se entenderá, que incluyen en su caso, los honorarios de agente y los impuestos a pagar.

16. Forma de pago. En el caso de preverse aplazamientos se indicará el tipo de interés y las cantidades que corresponderá abonar por principal e intereses y fecha de vencimiento de unos y otros.

17. Medios de pago admisibles para las cantidades aplazadas.

18. Si se prevé la subrogación del consumidor en alguna operación de crédito no concertada por el, con garantía real sobre la propia vivienda se indicará con claridad el notario autorizante de la correspondiente escritura, fecha de esta, datos de su inscripción en el registro de la propiedad y la responsabilidad hipotecaria que corresponde a cada vivienda, con expresión de vencimientos y cantidades.

19. Garantías que deberá constituir el comprador por el precio o la parte de el aplazado.

20. En la nota explicativa se hará constar que del importe total de la venta se deducirá cualquier cantidad entregada a cuenta o anticipada por el comprador antes de la formalización de la operación.

¿Qué debe constar en los folletos publicitarios y que valor tienen?

En todos los folletos publicitarios que se le entreguen, deben constar siempre los datos sobre ubicación y los contenidos vistos en los números 1, 3, 4, 6, 7, 15, 16, 17, 18, 19 y 20.

Debe indicarse también su período de validez y los lugares en los que se encuentra a disposición del público toda la información obligatoria vista anteriormente.

Toda esta información es exigible aunque no figure en el contrato por lo que es recomendable que guarde todos los folletos que reciba.

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