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Antonio
Ig Sánchez - Asesor legal de Jusàs, Nadal &
Vidal de LLobaterra.
Artículo
Publicado en Seguridad
en la Red
La
gran expansión de los medios digitales; Internet; la telefonía
móvil y la televisión interactiva en el marco de
las comunicaciones han traído consigo la proliferación
de negocios a través de estos medios electrónicos.
El tráfico de datos generados en las comunicaciones electrónicas
aumenta diariamente poniendo en peligro la intimidad de las personas.
El
respeto a los usuarios de estos negocios exige que el tráfico
de datos generados en todas las comunicaciones electrónicas
se vea sometido a prescripciones legales para facilitar su aplicación
y desarrollo.
Así,
una de las preocupaciones de cualquier usuario de la red, es asegurarse,
cuando navega por Internet, que los datos que suministra -en un
chat, en foros de discusión, o en compras- no serán
capturados, copiados, modificados o utilizados sin su previo consentimiento.
Por ello entiendo que la confianza del usuario en la preservación
de su intimidad en la sociedad digital, es básica para
el desarrollo de la sociedad de la información y de todas
las actividades lícitas que se llevan en la red.
1.
Aspectos que deben tenerse en cuenta en el sitio web de Comercio
Electrónico
1.1
¿Quién es la LOPD?
La
Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter
Personal, llamada LOPD, ley 15/1999, de 13 diciembre, vela por
el mandato constitucional, expresado en el artículo 18.4
de la Constitución Española, "... limitar el
uso de la informática para garantizar el honor, la intimidad
personal y familiar de los ciudadanos y el legítimo ejercicio
de sus derechos". Con este objetivo, la LOPD establece el
derecho de los ciudadanos a conocer qué datos personales
están contenidos en las bases de datos de las empresas
y entidades públicas y quienes son los responsables de
éstas. Así mismo, establece una serie de obligaciones
a los responsables de los tratamientos y una serie de sanciones
para el caso de incumplimiento de aquéllas.
1.2
La protección de datos en el Comercio Electrónico
La
mayoría de los formularios de recogida de datos que se
encuentran en portales y comercios electrónicos, no incluyen
ninguna de las disposiciones que la Ley prevé para garantizar
el correcto y legal tratamiento de los datos del usuario.
Lo
cierto es que, entre los principales problemas que existen en
el tratamiento de datos en Internet, el primero y principal es
la falta de información y consentimiento del usuario al
tratamiento de sus datos. De hecho en el debate sobre la privacidad
en la red ha trascendido a la prensa internacional tanto en Estados
Unidos como en Europa. De este nivel de concienciación
creciente cabe esperar también un mayor nivel de exigencia
por parte de los usuarios.
Los
prestadores de servicios en Internet deben introducir en los formularios
de recogidas de datos unas cláusulas informativas que la
LOPD exige antes de empezar a registrar datos de ninguna clase,
(y que así mismo cumplan con todos los requisitos legales.
Singularmente y en primer termino la declaración de las
bases de datos personales a la Agencia de Protección de
Datos).
La
introducción de avisos legales relacionados con privacidad
de los datos de los usuarios es un método sencillo y que
además no presenta ninguna complicación técnica,
así en el momento que se produce el acceso al sitio web
y antes de registrar los datos.
Las
cláusulas de información
El
tratamiento de datos se produce, especialmente, durante "el
contacto inicial" entre el usuario de Internet y un sitio
web, ya sea únicamente para buscar información o
bien para concluir una transacción comercial.
Por
ello la información que seguidamente detallaremos debe
mostrarse directamente en la pantalla antes de que se produzca
la captación de los datos, garantizando así el correcto
tratamiento de los datos.
Los
diferentes formularios web de recogida de datos de carácter
personal deben contener la información y los aspectos,
relativos al consentimiento e información del usuario cuyos
datos van a ser tratados.
En
este sentido, debe existir en la Web un aviso fácilmente
localizable y de comprensión asequible que contenga la
información siguiente:
I.
Identificación de la compañía.
II.
Una dirección de e-mail, postal u otro sistema de comunicación,
a través de los cuales se puedan ejercer los derechos
de acceso, cancelación, oposición y de especificación
de las finalidades para las que autoriza el uso de sus datos
III.
Caso de que se produzca captación de datos, este extremo
deberá manifestarse en el aviso.
IV.
Las consideraciones establecidas en el apartado iii) se harán
extensivas a la colocación de cookies.
V.
De la finalidad o finalidades a que se destina la información
obtenida.
VI.
En su caso, de la intención de ceder los datos,especificando
la información que se cede así como la finalidad
a la que se destinarán los datos cedidos.
Asimismo,
en la página inicial del sitio y en todos los lugares donde
se recojan datos en línea deberá poderse acceder
directamente a información completa sobre la política
de protección de privacidad del sitio (incluida la forma
que tienen los usuarios afectados de ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición).
1.3
Respecto a la colocación de cookies
Las
cookies pueden contener datos personales o cualquier otro tipo
de información relacionada con el interface usuario-servidor.
La normativa en materia de protección de datos define los
datos personales como "cualquier información concerniente
a personas físicas identificadas o identificables".
Por ello, si el contenido de la cookie que contiene la web asocia
los datos con el usuario, su contenido puede ser considerado dato
personal.
Caso
de que no pueda producirse dicha asociación el contenido
de la cookie no podrá ser considerado como dato personal,
ya que no podrá ser asociado a una persona identificada
o identificable.
1.4
Respecto a la finalidad de los datos recogidos
Cada
usuario debe, en cualquier momento, poder determinar la finalidad
o finalidades a que consiente sean destinados sus datos, o excluir
alguna finalidad inicialmente consentida.
En
ningún caso, la compañía podrá utilizar
la información para finalidades distintas de las que haya
consentido el usuario, salvo que, previamente, le haya advertido
de la intención de hacerlo otorgándole un plazo
y procedimiento razonable de oposición.
A
este respecto, es útil el redactar finalidades concretas
pero amplias, para poder utilizar dichos datos en la forma en
que la empresa lo precise.
1.5
Respecto a las cesiones y la finalidad de la cesión
La
información relativa a la posible cesión de datos
deberá siempre identificar a los cesionarios o, en todo
caso, hacer referencia a las características de las empresas
o personas a quienes vayan a cederse, así como a las finalidades
perseguidas por la cesión.
Caso
que la información que se solicite se considere dato de
carácter personal, debe de contemplarse todos los aspectos
que se han comentado.
En
este sentido, recomendamos se incluya un aviso en la página
de registro antes de que se pueda dar el "click" de
aceptar. Entendemos, asimismo, que resulta conveniente que el
acceso a dicha página desde cualquier parte de la web se
realice mediante un enlace (hiperenlace).
2. Comunicación a la APD
Todas
las compañías que operen en España deberán
informar a la Agencia de Protección de Datos Española
(en adelante la APD) de la creación de una base de datos
personales y en los casos que la compañía no esté
establecida en territorio de la UE deberá designar un representante
en España.
3. El correo electrónico
La
APD entiende que la dirección electrónica se considerará
un dato de carácter personal, de modo que únicamente
puede incluirse en un tratamiento cuando ha consentido el internauta
o bien cuando concurren algunas de las excepciones legales.
Asimismo,
si además de poseer el correo electrónico de un
visitante, el portal o comercio electrónico, a través
de "cookies", o a través de la pertenencia del
usuario a determinados grupos de noticias y listas de distribución
conoce la frecuencia, temas y/o materias visitadas por éste,
pudiendo de esta manera elaborar un perfil más o menos
detallado del visitante, en este caso, sólo podrá
incluirse toda esta información en un tratamiento de datos,
cuando se ha consentido previamente por el usuario o visitante
o bien cuando concurra alguna de las excepciones legales, las
cuales como regla general tienen poco que ver con la actividad
comercial de Internet.
Así,
no es lícito recopilar direcciones electrónicas
en áreas públicas de Internet sin conocimiento del
interesado, no permitiéndose un procesamiento y uso de
los datos diferente a la finalidad previamente permitida por el
usuario, en particular, acciones de marketing o publicidad.
4.
Comunicaciones no solicitadas
El
envío de correo-basura (spam) es, como su propio nombre
indica, la práctica de bombardear con mensajes electrónicos
no solicitados, por lo general de carácter comercial, a
personas con las que el remitente no ha mantenido contacto previo
alguno. Se trata de una modalidad muy concreta de violación
de la intimidad: el usuario carece de interfaz humana, corre con
el coste de la comunicación y, habitualmente, recibe este
tipo de correo en la intimidad de su hogar.
No
es de extrañar que los consumidores prefieran las comunicaciones
comerciales solicitadas, personalizadas y diferenciadas del correo
basura, el cual puede resultar irritante, hace perder el tiempo
(el necesario para leer los mensajes y borrarlos) y cuesta dinero
al usuario. Las molestias causadas por los remitentes de correo-basura
minan la confianza de los consumidores en el comercio electrónico.
El
sector exige, además, cierta seguridad jurídica:
los mensajes electrónicos no solicitados colocan a los
PSI en la inaceptable posición de verse forzados a proveer
el ancho de banda y el equipo necesarios para el envío
de unos mensajes basura que la abrumadora mayoría de sus
clientes no desean y producen considerables costes. En algunas
ocasiones, los sistemas se bloquean por la mera carga de mensajes
comerciales no solicitados, lo que paraliza y retrasa el tráfico
legítimo.
Actualmente
algunos Prestadores de Servicios de Internet (PSI) tratan de filtrar
el correo basura e incluyen en sus contratos con sus abonados
cláusulas que prohíban a éstos el envío
o la transmisión de estos mensajes.
Antonio
Ig Sánchez - Asesor legal de Jusàs, Nadal &
Vidal de LLobaterra.
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