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1.-
Escala de Gravamen
Como
primera modificación nos encontramos con la nueva escala
de gravamen:
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Base
liquidable
Hasta Euros
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Cuota
Íntegra
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Resto
de Base liquidable
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Tipo
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0
|
0
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4.000
|
al
15%
|
|
Hasta
4.000 euros
|
600
|
9.800
|
al
24%
|
|
Hasta
13.800 euros
|
2.952
|
12.000
|
al
28%
|
|
Hasta
25.800 euros
|
6.312
|
19.200
|
al
37%
|
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Hasta
45.000 euros
|
13.415,97
|
En
adelante
|
al
45%
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Así,
según el Ministerio de Economía y Hacienda la reducción
media del Impuesto sobre la Renta será de 111,1%, con una
reducción del 38,1% para las rentas más bajas y
del 6,39% para las más altas
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Renta
Gravada (Euros)
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%
Reducción
|
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Hasta
12.020
|
38,14%
|
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De
12.020 a 18.030 euros
|
18,41%
|
|
De
18.030
a 30.050 euros
|
10,51%
|
|
Mas
de 30.050
euros
|
6,39%
|
2.-
Mínimo Personal y Familiar
Se
establece un incremento de los mínimos personales y familiares.
El mínimo personal se fija en 3.400 euros y el familiar
se incrementará en función del número de
hijos.
Las
reducciones por descendiente se modifican en las siguientes cuantías.
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Anterior
IRPF
|
Nuevo IRPF
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|
Primer
Hijo
|
1.200
euros
|
1.400
euros
|
|
Segundo
Hijo
|
1.200
euros
|
1.500
euros
|
|
Tercer
Hijo
|
1.800
euros
|
2.200
euros
|
|
Cuarto
Hijo y siguientes
|
1.800
euros
|
2.300
euros
|
Por
otro lado, desaparece el incremento de 150,25 euros en concepto
de material escolar por cada descendiente entre tres y dieciséis
años de edad.
Asimismo,
la actual reducción de 300 euros por cada uno de los hijos
menores de tres años que estén a cargo del contribuyente,
se eleva hasta los 1.200 euros (200.000 ptas.} Esta reducción
es general, para todas las familias, no necesitará ninguna
justificación del gasto y será acumulable a la anterior
reducción por hijos.
Además
de lo anterior, el nuevo IRPF contempla una importante novedad
que consiste en una deducción en cuota de 100 euros al
mes o 1.200 euros anuales para las madres trabajadoras, ya sea
por cuenta propia o ajena, durante los tres años siguientes
al nacimiento o adopción de cada hijo.
Según
el Ministerio de Economía y Hacienda:
-
La familia media se ahorrará 600 euros al año
con la rebaja del IRPF.
- Si
además, la mujer trabaja y el hijo es menor de 3 años
el ahorro alcanzará los 1.800 euros al año, al
introducirse la paga de Hacienda de 100 euros mensuales.
- Se
multiplica por cuatro la reducción por el cuidado de
cada niño menor de 3 años hasta alcanzar los 1.200
euros.
3.-
Las Rentas Bajas
La
reducción para las rentas bajas de trabajo se incrementa
un 17% y se duplica para el trabajador que prolongue su vida laboral
por encima de los 65 años.
4.-
Personas Mayores
Se
incrementan las actuales reducciones en la base imponible y se
crea una nueva por asistencia para mayores de 75 años.
Esta última reducción, que no necesita justificación,
se establece en 1.000 euros.
El
mínimo personal de los mayores de 65 años pasa de
3.906 euros a 4.200 euros y el mínimo familiar para el
contribuyente que conviva con ascendientes mayores de 65 años,
se incrementa un 33% y pasa de los 601 euros actuales a 800 euros.
5.-Personas
Discapacitadas
Se
crea una nueva reducción de asistencia, que engloba los
gastos sanitarios, que alcanza los 2.000 euros si el grado de
minusvalía es igualo superior al 65%.
Esta
reducción afectará tanto al propio discapacitado,
cuando sea el contribuyente del impuesto, como al declarante cuando
conviva con él, bien sea como ascendiente o descendiente.
Además,
se mejoran las actuales ventajas fiscales ya existentes.
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|
Anterior
IRPF
|
Nuevo
IRPF
|
|
Por
discapacidad entre 35% y 65%
|
1803
|
2000
|
|
Por
discapacidad mayor del 65%
|
3606
|
5000
|
|
Por
rentas del trabajo, discapacidad entre 35% y 65%
|
Porcentaje
|
2800
|
|
Por
rentas del trabajo, discapacidad
mayor del 65%
|
Porcentaje
|
6200
|
|
Por
Asistencia
|
0
|
2000
|
6.-
Rendimientos del Trabajo
La
reducción por rendimientos del trabajo de las rentas más
bajas mejora un 17%, y un 7% la reducción general por trabajo.
Las reducciones quedan de la siguiente manera:
- Hasta
8.200 euros de rendimientos netos anuales, la reducción
será de 3.500 euros
- Entre
8.200 euros y 13.000 euros, se aplicará una fórmula
lineal decreciente para favorecer a las rentas más bajas
- A
partir de los 13.000 euros de rendimientos netos anuales, la
reducción se fija en 2.400 euros.
Además,
se duplican las anteriores reducciones para los trabajadores activos
mayores de 65 y para los contribuyentes inscritos en la oficina
de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado
de su residencia a un nuevo municipio.
Se
incentiva la participación de los trabajadores en la empresa
mejorando la tributación de los pagos con acciones y opciones,
siempre y cuando afecten a toda la plantilla y sean en función
de la antigüedad del empleado. Igualmente, se aumenta la
reducción de las rentas del trabajo irregulares -las producidas
en más de dos años-, del actual 30% al 40%.
7.-
Viviendas en Alquiler
La
Reforma del Impuesto también introduce medidas para facilitar
el alquiler de las viviendas. Se establece una reducción
del 15% de los rendimientos íntegros procedentes del alquiler
de vivienda.
8.-Límite
exento
Se
eleva a 22.000 euros de rendimientos anuales el límite
para no declarar.
LexJuridica.
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